Jubilarse con solo 15 años cotizados: la Seguridad Social garantiza una pensión mínima de 888,70 euros, pero desde 2027 aumenta la edad de jubilación

La Seguridad Social asegura una pensión mínima de 888,70 euros al mes a quienes se jubilan con el periodo mínimo exigido, 15 años cotizados, aunque su base reguladora dé como resultado una cantidad inferior. Eso sí, estos trabajadores tienen que esperar a la edad ordinaria de jubilación: en 2026 está fijada en 66 años y 10 meses, y a partir del 1 de enero de 2027 subirá a los 67 años para quienes acumulen menos de 38 años y 6 meses de cotización. La diferencia hasta la mínima se cubre con el complemento a mínimos, regulado en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

Cabe recordar que esta cuantía de 888,70 euros corresponde al supuesto más habitual, el de un jubilado sin cónyuge a cargo. Si la situación familiar es otra, la cifra garantizada cambia.

Cómo se calcula la pensión con 15 años cotizados

Con el mínimo de 15 años trabajados, el jubilado cobra el 50% de su base reguladora. A partir de ahí, cada mes adicional cotizado va sumando un pequeño porcentaje, hasta llegar al 100% con 37 años de cotización.

El problema aparece en la propia base reguladora. La fórmula tradicional suma las 300 últimas bases de cotización (25 años) y divide el resultado entre 350. Es decir, si el trabajador ha tenido sueldos bajos, lagunas o contratos a tiempo parcial en ese periodo, la cifra final puede quedarse muy corta.

Desde 2026 existe además un segundo cálculo: se toman las 302 bases más altas de los últimos 304 meses y se dividen entre 352,33, lo que permite descartar los dos peores meses. La Seguridad Social aplica automáticamente la opción que resulte más favorable, pero aun así hay casos en los que la pensión no alcanza el mínimo legal.

Las pensiones mínimas de jubilación en 2026

El Gobierno actualiza cada año estas cuantías. Para un jubilado de 65 años o más, los importes mensuales garantizados en 2026 son los siguientes:

  • 1.256,60 euros si tiene cónyuge a cargo.
  • 936,20 euros si vive solo (unidad económica unipersonal).
  • 888,70 euros si no tiene cónyuge a cargo.

Ninguna pensión de jubilación contributiva puede quedar por debajo de estas cifras, siempre que el beneficiario cumpla los requisitos para recibir el complemento.

Por qué no se puede adelantar la jubilación

Quien tenga solo 15 años cotizados lo tiene muy difícil para retirarse antes de tiempo. La jubilación anticipada aplica recortes en la pensión según los meses de adelanto, que pueden llegar al 30% en determinados supuestos.

La norma es clara en este punto: la Seguridad Social no permite la jubilación anticipada voluntaria si, tras aplicar esos recortes, la pensión resultante queda por debajo de la mínima que correspondería a ese trabajador. En la práctica, con bases reguladoras bajas, esa puerta queda cerrada y solo queda esperar a la edad ordinaria.

El complemento a mínimos: cómo funciona y cuándo se pierde

Si al jubilarse a la edad ordinaria la pensión no llega al mínimo, el trabajador puede pedir el complemento a mínimos, recogido en el artículo 59 de la LGSS. Se trata de una cantidad extra que cubre exactamente la diferencia entre lo que le sale por cotizaciones y la pensión mínima que le toca según su situación familiar.

A pesar de ello, no es un derecho para siempre. El complemento está ligado a los ingresos del pensionista, y la Seguridad Social los revisa normalmente cada año. Si en algún ejercicio se supera el límite fijado, se deja de cobrar e incluso puede reclamarse la devolución de lo percibido indebidamente.

Con todo, el endurecimiento de la edad de jubilación en 2027 obliga a quienes tienen carreras laborales cortas a planificar su retiro con tiempo: revisar su vida laboral, conocer su base reguladora estimada y comprobar si tendrán derecho al complemento antes de dar el paso.