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Una agente de seguros de 51 años obtiene una incapacidad permanente absoluta de 1.097 euros

Después de dos años de lucha, ha obtenido la incapacidad permanente absoluta a través de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares

Alejandro Perdigones
14/04/2026 07:30
en Prestaciones
Agente de seguros logra una incapacidad permanente absoluta

Agente de seguros logra una incapacidad permanente absoluta./ Imagen de Archivo Licencia Adobe Stock

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta para una mujer de 51 años que trabajaba como agente de seguros. De este modo, el TSJIB ha desestimado el recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Esta ciudadana ha tenido que esperar dos años para el reconocimiento de su pensión de incapacidad permanente. Se trata de un caso que pone de manifiesto la complejidad a la que se enfrentan muchos trabajadores en España para conseguir una incapacidad laboral permanente.

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Incapacidad permanente absoluta después de dos años de lucha

El 30 de noviembre de 2023 la Dirección Provincial del INSS le denegó la solicitud de incapacidad permanente. Entonces, esta trabajadora tenía 49 años de edad y el INSS consideró que sus dolencias no alteraban su capacidad laboral.

Hay que tener en cuenta que el cuadro clínico de esta trabajadora agente de seguros es el siguiente: Fibromialgia severa, depresión y síndrome de piernas inquietas. Para el INSS, insuficiente para reconocer cualquier grado de incapacidad laboral en este caso particular.

Ante la decisión administrativa del INSS, la trabajadora presentó una Reclamación Previa que volvió a ser desestimada el 19 de enero de 2024 por parte de la Seguridad Social. Sin embargo, el 4 de abril de 2024, un informe del Servicio Balear de Prevención determinó que esta trabajadora no era apta para su puesto de trabajo «por no reunir las condiciones psicofísicas».

El calvario de esta trabajadora no acabaría aquí. El 29 de abril de 2024 fue despedida de su empresa por «ineptitud sobrevenida». Pero ella no se rindió, y decidió llevar su caso a la vía judicial para luchar por la incapacidad permanente.

Así, el 8 de octubre de 2024, el Juzgado de lo Social Nº1 de Palma le reconoció la incapacidad permanente absoluta por fibromialgia severa, síndrome de piernas inquietas y síndrome depresivo reactivo. Al fin se hizo justicia para una trabajadora que tuvo que atravesar momentos de gran complejidad

El TSJIB rechaza el recurso de la Seguridad Social

El INSS no se mostró conforme con la sentencia del Juzgado de lo Social de Palma, por lo que presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (TSJIB). La sentencia del TSJIB ha sido tajante, ratificando la incapacidad permanente absoluta para esta trabajadora, ya con 51 años de edad.

Dicha sentencia recoge que el grado de incapacidad permanente absoluta «concurre cuando no existe capacidad laboral por cuenta ajena y no puede definirse por la mera posibilidad de un ejercicio esporádico de determinadas tareas, sino por poder llevarlas a cabo con la necesaria profesionalidad, conforme a exigencias mínimas de continuidad, dedicación y eficacia que todo trabajo comporta».

Teniendo en cuenta las pruebas presentadas y la sentencia previa, el Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares confirma la incapacidad permanente absoluta para esta trabajadora de 51 años con efecto retroactivo desde el momento del hecho causante. Tendrá derecho a percibir una pensión con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora de 1.097 euros. Contra esta sentencia aún cabe un último recurso ante el Tribunal Supremo.

Alejandro Perdigones
Alejandro Perdigones

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