¿Puede la Seguridad Social retirar una pensión porque considera que el trabajador ha mejorado, aunque nadie lo haya comprobado con una prueba? Es la pregunta que ha tenido que responder la justicia en el caso de un camionero de 59 años al que el INSS dejó sin su incapacidad permanente total tras una revisión médica.
El organismo defendió que existía una «evidente mejoría en el estado residual del trabajador». Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria no lo ve así y le devuelve una pensión de 797,63 euros al mes, según ha publicado El Confidencial Digital.
¿Por qué le retiraron la pensión al camionero?
El trabajador tenía reconocida una incapacidad permanente total desde julio de 2022 por una patología lumbar que le impedía seguir conduciendo camiones, su profesión habitual. La prestación equivalía al 75% de una base reguladora de 1.063,50 euros.
A principios de 2024, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) acordó retirarle la prestación al entender que su cuadro clínico había mejorado. Es uno de los motivos más habituales por los que se puede perder la pensión de incapacidad permanente, y no es un caso aislado: abogados como Alberto Benítez llevan semanas alertando de la intensidad de las revisiones del INSS.
La resonancia que no se hizo por una máquina averiada
Uno de los argumentos del INSS fue que el trabajador no se había realizado una resonancia magnética prevista para octubre de 2023, una prueba clave para comprobar su evolución. Pero en el juicio quedó probado que acudió a la cita y la prueba no pudo hacerse porque la máquina estaba averiada.
Por eso, la sentencia considera que esa resonancia pendiente no puede interpretarse como una falta de colaboración del camionero con el control médico. Fue un problema técnico ajeno al paciente, no una negativa a someterse a la revisión.
¿Qué exige la justicia para quitar una incapacidad permanente?
La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Santander ya había dado la razón al trabajador. El INSS recurrió, y el TSJ de Cantabria, en la sentencia STSJ CANT 521/2026, confirma ahora ese criterio.
Los magistrados recuerdan que no basta con afirmar que hay una evolución favorable. La mejoría debe traducirse en un grado inferior de incapacidad que permita al trabajador volver a su puesto con las exigencias propias del oficio. Tras revisar los informes, el tribunal no aprecia una «modificación clínica» que justifique la retirada: el camionero sigue sin poder conducir camiones con habitualidad y eficiencia.
¿Cuánto cobrará ahora el trabajador?
La sentencia no reconoce una prestación nueva, sino que obliga al INSS a reanudar la pensión en las mismas condiciones en que se venía pagando: 797,63 euros mensuales.
El caso deja una advertencia práctica para quienes atraviesan una revisión: conviene dejar constancia de la asistencia a las pruebas médicas, sobre todo cuando un imprevisto impide realizarlas. Y si la resolución del organismo no convence, existen pasos para reclamar ante el INSS antes de acudir a los tribunales.