La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio fiscal de 2025 estará habilitada desde el 8 de abril al 30 de junio de 2026. Ese es el plazo que tienen los contribuyentes de España para presentar la Declaración de la Renta, incluidas aquellas personas que perciben una pensión de viudedad.
Hay algunas pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares) que están exentas de tributar por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Sin embargo, no es el caso de las pensiones de viudedad.
La pensión de viudedad en la Declaración de la Renta
La pensión de viudedad es considerada una renta más por parte de la Agencia Tributaria y no está exenta de tributación. En este sentido, siempre que se cumplan con los límites de ingresos establecidos, las personas perceptoras de una pensión de viudedad tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta.
Para la Declaración de la Renta del ejercicio fiscal de 2025, estos son los límites de ingresos establecidos por Hacienda:
- Si los ingresos son superiores a 22.000 euros anuales y proceden de un único pagador, el contribuyente tendrá la obligación de presentar la Renta.
- Si los ingresos son superiores a 15.876 euros y proceden de dos pagadores o más, el contribuyente tendrá la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Eso sí, siempre que los ingresos del segundo pagador o posteriores sean superiores a 1.500 euros.
Las personas que cobren una pensión de viudedad y cumplan con algunas de las condiciones de ingresos citadas, estarán obligadas a presentar la Declaración de la Renta en 2026. Hay que tener en cuenta que la pensión de viudedad es un tipo de prestación compatible con ingresos procedentes de una actividad laboral o con otras pensiones, como la pensión de jubilación.
Según los datos de la Seguridad Social, en España hay 2,3 millones pensiones de viudedad en 2026. La mayoría de personas beneficiarias de esta pensión son mujeres y el importe medio es de 973,4 euros al mes.
Pensiones exentas en la Declaración de la Renta
Tal y como hemos aclarado previamente, la pensión de viudedad no es una renta exenta de tributar por el IRPF. Por tanto, los contribuyentes perceptores de una pensión de viudedad deben presentar la Declaración de la Renta, siempre que cumplan con los límites de ingresos.
Del mismo modo ocurre con la pensión contributiva de jubilación, ya que este tipo de prestación está considerada como rendimientos del trabajo por parte de la Agencia Tributaria. En el caso de las pensiones de jubilación, según la Seguridad Social, en España hay actualmente 9,3 millones
No obstante, existen algunos tipos de pensiones que están exentas de tributar por el IRPFF:
- Pensión de incapacidad permanente absoluta.
- Pensión de Gran Invalidez.
- Pensiones de incapacidad permanente del Régimen de Clases Pasivas.
- Pensiones por actos de terrorismo.
Las pensiones no contributivas, por su parte, sí tributan por el IRPF. Sin embargo, debido a su bajo importe, la mayoría de personas beneficiarias de este tipo de pensiones no tiene la obligación de presentar la Declaración de la Renta.




