Hacer deporte puede provocar que te quiten la incapacidad permanente total, según los abogados de ‘Fidelitis’

Hacer deporte es una actividad habitual en la vida diaria de muchas personas. Sin embargo, en el caso de personas beneficiarias de una incapacidad permanente total, puede tener consecuencias. Los abogados de ‘Fidelitis’, especialistas en incapacidad permanente, explican hasta qué punto es compatible la incapacidad total con la realización de una actividad deportiva.

El reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total implica que la persona beneficiaria no puede realizar su profesión habitual. No obstante, el hecho de percibir este tipo de pensión no prohíbe la posible realización de una actividad deportiva.

Hacer deporte con una incapacidad permanente total

Desde ‘Fidelitis’ exponen que «si tienes una incapacidad permanente total, debes saber que practicar deporte no está prohibido ni significa que vayas a perder tu pensión automáticamente». De hecho, en algunos casos, la actividad física puede formar parte de una recomendación médica o ser positivo para la persona en cuestión.

La clave se encuentra en que el deporte sea compatible con las limitaciones por las que reconocieron la incapacidad permanente total al trabajador. Si la actividad deportiva entra en conflicto con dichas limitaciones, puede haber un problema.

Todo depende de la enfermedad, las dolencias y las limitaciones de cada persona. Si bien, por lo general, son compatibles con una incapacidad permanente total las siguientes actividades deportivas:

  • Caminar.
  • Bicicleta estática.
  • Natación terapéutica.
  • Yoga adaptado.
  • Pilates adaptado.
  • Ejercicios de rehabilitación.

Lo importante en este tipo de casos es adaptar la actividad a la situación médica de cada persona. Si el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) detecta o tiene pruebas de que la actividad deportiva no es compatible con la incapacidad permanente total reconocida, puede retirar el derecho del ciudadano a cobrar la pensión.

Deportes de alta intensidad

Respecto a los deportes de alta intensidad, los profesionales de ‘Fidelitis’ señalan que «no están automáticamente prohibidos, pero pueden generar dudas si exigen capacidades físicas que se consideraron limitadas al reconocer la incapacidad». Hablamos de actividades físicas como artes marciales, halterofilia, running de larga distancia, fútbol de competición o ‘CrosFit’.

El INSS puede revisar una incapacidad permanente, pero hacer deporte no significa perder automáticamente la pensión. En una revisión, los profesionales del INSS deben analizar la nueva situación del ciudadano para determinar si se ha producido alguna mejoría en su estado de salud.

Además, también hay que tener en cuenta que la actividad física forma parte del tratamiento en el caso de diferentes enfermedades. Por ejemplo, una rehabilitación tras una operación, fortalecimiento muscular, actividad física adaptada o simplemente realización de deporte en casos de enfermedades mentales como la depresión o la ansiedad.

Así, los especialistas de ‘Fidelitis’ indican que «hacer ejercicio para mejorar tu salud no significa necesariamente que puedas volver a trabajar». Si un trabajador realiza actividad deportiva por recomendación médica, es importante conservar los informes médicos que recomiendan dicha actividad.

Como conclusión, podemos afirmar que lo más importante es que la actividad deportiva sea coherente con la situación médica de la persona beneficiaria de la incapacidad permanente total. Además, desde ‘Fidelitis’ advierten que «las fotografías y vídeos de tus entrenamientos pueden llegar a utilizarse como prueba en determinados procedimientos. Si muestran actividades aparentemente incompatibles con tus limitaciones reconocidas, podrían generar dudas sobre tu situación».