José Luis Ll., consultor informático ha conseguido que la justicia le reconozca una incapacidad permanente absoluta (IPA) después de que el INSS se la denegara en vía administrativa en abril de 2024, y percibirá el 100% de su base reguladora, en torno a 2.400 euros mensuales. La sentencia se dictó en mayo de 2026 —dos años después de presentar la demanda— y quedó firme en junio de 2026, cuando el organismo anunció recurso pero finalmente no llegó a presentarlo. Así lo ha relatado el propio afectado en un testimonio remitido a Tododisca, en el que insiste en que continuó trabajando durante todo el procedimiento.
Su objetivo al contar el caso es explícito: desmontar la idea, muy extendida, de que estar dado de alta y en activo cierra la puerta a una incapacidad permanente.
«Espero que sirva a más gente que pueda estar desanimada por un alta injusta, o por no saber qué hacer en una situación como la mía»
Un infarto en 2022, un DAI y una FEVI del 35%
El origen del caso está en junio de 2022, cuando sufrió un infarto grave que le dejó una fracción de eyección del ventrículo izquierdo (FEVI) del 35% y obligó a implantarle un desfibrilador automático implantable (DAI). La FEVI mide el porcentaje de sangre que el ventrículo izquierdo expulsa en cada latido; los valores considerados normales se sitúan por encima del 50%, de modo que un 35% refleja una función cardiaca notablemente reducida.
Pese a ello, pidió el alta en enero de 2023. «Me gusta mi trabajo y no me quiero quedar atrás en los proyectos y avances», explica sobre aquella decisión. La vuelta duró poco: en febrero de 2023 una angina de pecho lo devolvió a la baja médica y hasta abril de 2023 no pudo iniciar la rehabilitación cardiaca, que hasta entonces le había estado vetada por el riesgo elevado de parada.
El INSS le dio el alta en octubre de 2023 y le denegó la incapacidad en 2024
En octubre de 2023, el Instituto Nacional de la Seguridad Social lo citó a inspección médica y le dio el alta directamente. Para entonces ya tenía reconocido un grado de discapacidad del 36%, un reconocimiento que depende de las comunidades autónomas y que es independiente de la valoración de la incapacidad laboral que hace el INSS.
Con el alta encima de la mesa, solicitó igualmente la incapacidad permanente. El resultado llegó en abril de 2024: denegación en cualquier grado. «Sé que en vía administrativa no me la darán», reconoce que pensó antes incluso de presentar la solicitud.
Cabe recordar que la ley distingue cuatro grados —parcial, total, absoluta y gran invalidez— y que la absoluta es la que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio, no solo para el suyo. Es el grado que da derecho al 100% de la base reguladora, frente al 55% de la total en la mayoría de los casos.
Dos años de espera judicial sin dejar de trabajar
Tras la denegación presentó demanda ante la jurisdicción social. El juicio no se celebró hasta diciembre de 2025 y la sentencia tardó otros seis meses en notificarse. Mientras tanto, siguió en su puesto: estrés, plazos de entrega y viajes a clientes incluidos.
«Yo me resisto a pedir bajas y sigo trabajando como puedo», relata. Y añade un matiz importante sobre su propia excepcionalidad:
«No me podría haber permitido estar en paro o de baja tanto tiempo, pero entiendo que hay mucha gente que no podría haber estado trabajando durante todo ese tiempo. Yo pude, con la ayuda de mis jefes y compañeros»
Ese es, precisamente, el punto que separa su experiencia de la de muchos otros demandantes: el tiempo de espera judicial se sostuvo gracias al salario de la empresa y al apoyo del entorno laboral, no a una prestación.
Sin atrasos: la pensión arranca en el cese de la actividad
La sentencia le reconoció la IPA derivada de enfermedad común, con una base reguladora de alrededor de 2.400 euros. El INSS anunció recurso, pero no lo formalizó, por lo que el fallo adquirió firmeza en junio de 2026.
Un detalle relevante para quien esté en una situación parecida: no ha cobrado atrasos. Al haber estado percibiendo su salario durante todo el proceso, la pensión surte efecto desde el cese de la actividad, no desde la fecha de la solicitud denegada. Dejó el trabajo «de un día para otro», según cuenta, tras poner en orden todos los proyectos que tenía abiertos.
Conviene recordar también que las pensiones por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez están exentas de IRPF en virtud de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que eleva de forma sensible el importe neto respecto a un salario equivalente.
Qué enseña este caso a quien tiene un alta que considera injusta
Si analizamos el recorrido completo, el expediente pasó por un alta médica del INSS, una denegación administrativa y cuatro años desde el infarto hasta la firmeza del fallo. A pesar de ello, el resultado final fue el grado máximo por debajo de la gran invalidez.
Con todo, el propio protagonista evita generalizar: su caso demuestra que seguir en activo no impide obtener una incapacidad permanente por vía judicial, pero también que el desgaste temporal y económico de ese camino no está al alcance de todo el mundo.
«De estar en activo con IP denegada en cualquier grado por parte del INSS a obtener IPA en vía judicial»




