La doctora Amor Gil Díaz, médico perito independiente, ha expuesto un caso de un trabajador de 54 años al que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le retiró el derecho a cobrar la incapacidad permanente total solo un año después de concederle la pensión.
Este trabajador ejercía la profesión de gruista portuario. En el mes de abril de 2024, el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoce la pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual. Sin embargo, en febrero de 2025, el INSS le retiró dicha pensión.
Percibió la incapacidad durante menos de un año
Según informa la médico perito Amor Gil a través de su cuenta oficial de Instagram (@agdperitajemedico), el trabajador presentaba el siguiente cuadro clínico:
- Apnea del sueño grave uso de CPAP nocturna.
- Múltiples despertares.
- Insomnio crónico.
- Trastorno mixto de ansiedad y depresión.
Debido a esta situación de salud, el trabajador seguía un tratamiento con medicación que le provocaba somnolencia diurna y disminución de atención. A pesar de todo ello, el INSS le retiró la pensión de incapacidad permanente total apenas un año después de su concesión.
En el mismo mes que el INSS le quitó la pensión de incapacidad laboral permanente total, tal y como indica la doctora Amor Gil, «su neumólogo revisó su caso y concluía que no había cambiado absolutamente nada desde que le reconocieron la incapacidad permanente».
Además, este especialista médico también seguía recomendado que este ciudadano no realizara ningún trabajo que pudiese suponer un riesgo para el paciente y para otras personas.
El INSS le retiró la incapacidad permanente total sin motivo aparente
La situación clínica del trabajador no había cambiado y tampoco había experimentado una mejoría desde su última revisión. No obstante, la mencionada médico perito afirma que «el INSS decidió que ya no tenía ningún grado de incapacidad permanente porque estaba adaptado a la CPAP».
Frente a la decisión del INSS, este trabajador decidió presentar una reclamación con el apoyo y asesoramiento de Amor Gil. Al respecto, señala que «presentamos un informe pericial en Reclamación Previa y documentamos que su situación clínica no había variado».
A través de este informe pericial, trataron de demostrar que las limitaciones que presentaba el ciudadano seguían siendo incompatibles con el desarrollo de cualquier actividad con riesgo para terceros. Así, el INSS aceptó la reclamación y volvió a reconocerle la incapacidad permanente total.
El caso de este trabajador de 54 años es un caso real. De hecho, muchas personas en España se enfrentan a este tipo de decisiones inesperadas por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para trabajadores que presentan limitaciones debido a enfermedades o a un accidente, la pensión de incapacidad permanente constituye una prestación de gran importancia.
Con todo ello, la médico perito Amor Gil avisa a los trabajadores que «si el INSS ha retirado tu incapacidad y no has mejorado o has empeorado, tienes 30 días para presentar reclamación la Reclamación Previa«. En caso de que la Reclamación Previa no resulte efectiva, siempre existe la posibilidad de continuar reclamando por la vía judicial.




