Una trabajadora ha obtenido el reconocimiento una pensión de incapacidad permanente absoluta con derecho a cobrar el 100% de su base reguladora. El Juzgado de lo Social ha sido el organismo encargado de conceder esta incapacidad laboral permanente.
En concreto, esta trabajadora presentaba un cuadro clínico marcado por un trastorno depresivo y cefalea crónica de alta frecuencia. Así lo han expuesto los profesionales de ‘Abogados Cuatro’, que han llevado el caso de esta ciudadana.
Incapacidad permanente absoluta con 2.182 euros al mes
Después del rechazo por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Juez ha sido claro en su sentencia para reconocer la incapacidad permanente absoluta a esta trabajadora.
Tal y como hemos comentado previamente, dicha trabajadora presentaba dos patologías importantes que habían deteriorado gravemente su capacidad funcional. Hablamos del trastorno depresivo y la cefalea crónica.
Desde ‘Abogados Cuatro’ señalan que «el dolor constante, unido a las importantes limitaciones psicológicas, le impedía desarrollar cualquier actividad laboral con normalidad, e incluso afectaba a aspectos básicos de su vida diaria».
Tras estudiar su caso, los profesionales de este despacho de abogados consideraban que había elevadas posibilidades de éxito en caso de luchar por la incapacidad permanente a través de la vía judicial. Finalmente, el juez le reconoció el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta.
«Muchas personas creen que las patologías psicológicas o las cefaleas no pueden dar lugar a una incapacidad permanente. La realidad es que, cuando las limitaciones son lo suficientemente graves y están bien acreditadas médicamente, sí pueden justificar su reconocimiento», advierten desde ‘Abogados Cuatro’.
Pensión con efectos económicos desde 2024
Uno de los aspectos más relevantes del fallo judicial es que el Juez ha establecido los efectos económicos de la pensión de incapacidad permanente absoluta desde el día 21 de noviembre de 2024.
Por tanto, además de obtener el derecho a una pensión de incapacidad permanente absoluta del 100% de la base reguladora y con un importe de 2.182,5 euros al mes, esta trabajadora también deberá recibir los correspondientes atrasos que deberán ser abonados por parte del INSS. Así lo informan desde ‘Abogados Cuatro’ a través de su cuenta oficial de Instagram (@abogados_cuatro).
En concreto, el fallo judicial establece lo siguiente: «Debo declarar y declaro que la demandante se haya afecto a una incapacidad permanente absoluta derivada de la contingencia de enfermedad común, y debo condenar y condeno al INSS a satisfacer a la demandante una pensión vitalicia mensual del 100% sobre una base reguladora de 2.182,15 euros con las mejoras y revalorizaciones que por ley haya lugar y fecha de efectos del día 21 de Noviembre de 2024».
Hay que recordar que cuando una pensión de incapacidad permanente deriva de enfermedad común, es necesario cumplir con ciertos requisitos de cotización exigidos por la normativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Cuando la incapacidad laboral permanente deriva de accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral, no es necesario cumplir con ningún requisito de cotización.




