La edad ordinaria de jubilación se situará en 67 años a partir de 2027, dos meses más que en 2026, según confirma la Seguridad Social en aplicación de la reforma de pensiones recogida en la Ley 27/2011. No obstante, quienes acrediten al menos 38 años y seis meses cotizados podrán seguir retirándose a los 65 años, tal y como recoge la disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social. La cartera que dirige la ministra Elma Saiz, titular de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, cierra así el periodo transitorio abierto en 2013.
Cabe recordar que hasta ese año solo existía una única edad de jubilación, fijada en los 65 años para todos los trabajadores. La convivencia de dos edades distintas se introdujo precisamente para aliviar la presión sobre el sistema público de pensiones, tensionado por el aumento de la esperanza de vida y por la progresiva llegada a la jubilación de la generación del baby boom (nacidos entre 1957 y 1977).
Cómo ha evolucionado la edad de jubilación desde 2013
El calendario transitorio ha ido endureciendo cada año tanto la edad ordinaria como el número de años cotizados exigidos para acceder a la jubilación a los 65. Así ha sido la progresión hasta llegar a 2027:
- 2013: 65 años con 35 años y 3 meses cotizados; 65 años y 1 mes en el resto de casos.
- 2016: 65 años con 36 o más años cotizados; 65 años y 4 meses si no se alcanza esa cotización.
- 2020: 65 años con 37 o más años cotizados; 65 años y 10 meses en caso contrario.
- 2024: 65 años con 38 o más años cotizados; 66 años y 6 meses sin llegar a esa cifra.
- 2026: 65 años con 38 años y 3 meses cotizados; 66 años y 10 meses para quienes no los alcancen.
- A partir de 2027: 65 años con 38 años y 6 meses o más cotizados; 67 años para el resto.
Este ajuste progresivo también repercute de forma directa en las dos modalidades de jubilación anticipada, cuyos requisitos se han ido endureciendo en paralelo.
Qué pasa con la jubilación anticipada voluntaria
La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar la edad ordinaria un máximo de 24 meses (2 años) y exige un mínimo de 35 años cotizados. Con la subida de 2027, sus términos quedan así:
| Año | Períodos cotizados | Edad de jubilación |
|---|---|---|
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 63 años |
| 2026 | Menos de 38 años y 3 meses | 64 años y 10 meses |
| A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 63 años |
| A partir de 2027 | Menos de 38 años y 6 meses | 65 años |
Qué pasa con la jubilación anticipada involuntaria
La modalidad involuntaria, pensada para quienes se ven forzados a dejar el mercado laboral por causas ajenas a su voluntad, admite un adelanto de hasta 48 meses (4 años) y pide un mínimo de 33 años cotizados:
| Año | Períodos cotizados | Edad de jubilación |
|---|---|---|
| 2025 | 38 años y 3 meses o más | 61 años |
| 2025 | Menos de 38 años y 3 meses | 62 años y 8 meses |
| 2026 | 38 años y 3 meses o más | 61 años |
| 2026 | Menos de 38 años y 3 meses | 62 años y 10 meses |
| A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 61 años |
| A partir de 2027 | Menos de 38 años y 6 meses | 63 años |
En ambos casos, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores sobre la pensión, proporcionales tanto a los años cotizados como a los meses de adelanto respecto a la edad ordinaria.
En qué año me puedo jubilar según mi año de nacimiento
El año de nacimiento, cruzado con los años cotizados, determina el ejercicio en el que un trabajador podrá acceder a la jubilación:
| Año de nacimiento | Con 38 años y 6 meses o más cotizados | Con menos de 38 años y 6 meses cotizados |
|---|---|---|
| 1961 | 2026 | 2028 |
| 1962 | 2027 | 2029 |
| 1963 | 2028 | 2030 |
| 1964 | 2029 | 2031 |
| 1965 | 2030 | 2032 |
| 1966 | 2031 | 2033 |
| 1967 | 2032 | 2034 |
| 1968 | 2033 | 2035 |
| 1969 | 2034 | 2036 |
| 1970 | 2035 | 2037 |
Con todo, quienes nacieron en 1961 ya pueden optar a la jubilación ordinaria si acreditan la cotización mínima, mientras que las generaciones posteriores tendrán que esperar más allá de 2027 según su año de nacimiento y su carrera de cotización.
Para calcular con exactitud la fecha de jubilación y el importe estimado de la pensión, la Seguridad Social pone a disposición de los trabajadores un simulador de jubilación que ofrece una estimación personalizada a partir de los datos de cotización de cada usuario. También puede resultar útil revisar cómo afectan los años de cotización al importe final de la pensión antes de planificar la fecha de retiro.
