Una mujer, que trabajaba como monitora deportiva, ha obtenido el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta por hipersomnia idiopática. Se trata de un tipo de trastorno del sueño que provoca que la persona tenga una somnolencia elevada durante el día. Además, en este tipo de pacientes, el sueño no suele ser reparador.
Ha sido el Juzgado de lo Social Nº4 de Oviedo el que ha reconocido la incapacidad permanente absoluta a esta trabajadora. En concreto, el juez ha estimado la demanda interpuesta por los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’, que han sido los encargados de defender a la trabajadora por la vía judicial.
Incapacidad permanente absoluta por hipersomnia idiopática
Las conocidas como ‘enfermedades del sueño’ o ‘trastornos del sueño’ son patologías que pueden llegar a ser altamente incapacitantes en el ámbito laboral, tal y como se ha podido comprobar en esta sentencia judicial.
Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó a esta trabajadora el reconocimiento de la incapacidad permanente. Incluso, le llegaron a denegar la Reclamación Previa. Una vez agotada la vía administrativa, esta trabajadora optó por seguir adelante con el proceso por la vía judicial, contando con la representación de ‘Velázquez & Villa Abogados’.
Los compañeros de ‘La Voz de Asturias’ informan que los abogados presentaron toda la documentación médica pertinente en el juicio, demostrando que no podía desarrollar su actividad profesional con normalidad debido a un cuadro de hipersomnia idiopática.
Tras analizar el caso, el juez determinó que esta ciudadana no podía trabajar con normalidad en ninguna actividad laboral profesional. Por todo ello, la sentencia le reconoce el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta con una pensión equivalente al 100% de su base reguladora.
En concreto, esta trabajadora presentaba hipersomnia idiopática. Además, también demostró pérdidas de memoria y de concentración; así como estados depresivos.
El TSJA ratifica la sentencia
Ante la sentencia del Juzgado de lo Social Nº4 de Oviedo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social decidió presentar un recurso de suplicación. Dicho recurso fue desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que ratificó la pensión de incapacidad permanente absoluta para la trabajadora.
En el caso de la hipersomnia idiopática, se trata de un trastorno del sueño que genera cansancio constante en la persona afectada. Además, la persona en cuestión necesita dormir por largos periodos de tiempo sin encontrar una reparación del sueño. Todos estos síntomas influyen a la hora de realizar cualquier actividad profesional y también en la vida cotidiana.
Esta sentencia judicial establece una jurisprudencia más consolidada en relación al impacto real de las patologías o trastornos del sueño en el desempeño de una actividad profesional. Por tanto, se trata de una resolución relevante en relación al reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en España.
Los propios profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ se han hecho eco a través de sus redes sociales (@velazquezyvillaabogados) de esta resolución favorable. «Un fallo relevante que da visibilidad a patologías poco frecuentes, pero profundamente incapacitantes, y refuerza la importancia de valorar su impacto real en la vida profesional», defienden desde el bufete de abogados.




