El abogado Sebastián Ramírez, que divulga sobre derecho laboral en TikTok bajo el perfil @leyesconsebas, ha puesto el foco en algo que viven a diario miles de solicitantes de una pensión de incapacidad permanente: la distancia entre lo que dice el historial médico y lo que resuelve el INSS. En unas declaraciones por el letrado, sostiene que la Seguridad Social está poniendo «muchos problemas para conceder las pensiones de incapacidad permanente».
«Personas que realmente están mal»
La descripción que hace Ramírez del problema es directa y no admite muchos matices administrativos.
No es un secreto ver casos de personas que realmente están mal, que no pueden ir a trabajar y la Seguridad Social les dice que no, que sí están capacitados.
Ese desajuste tiene una explicación técnica: la valoración administrativa no se pronuncia sobre la gravedad de la enfermedad, sino sobre la capacidad residual para trabajar. Un cuadro clínico severo con buena respuesta funcional puede recibir un no, y ahí es donde el expediente se juega en cómo estén documentadas las limitaciones, no en cuántos informes se aporten.
El mensaje central: la resolución no es el final
Frente a esa realidad, el abogado insiste en que la denegación inicial no cierra el asunto. «Aunque la Seguridad Social te diga en una primera instancia que no, no todo está perdido», señala. Y añade la clave del planteamiento, que es procesal antes que médica.
Si lo haces bien, tienes siempre abierta la puerta de pedirle a un juez que sea él el que vea el caso y corrija a la Seguridad Social si se ha equivocado.
Ese «si lo haces bien» no es un adorno retórico. El recorrido tiene fases con plazos propios: reclamación previa ante el INSS, demanda ante el Juzgado de lo Social y, si procede, recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia. Dejar pasar un plazo cierra la vía por motivos que nada tienen que ver con la salud del solicitante.
Lo que cambia entre la fase administrativa y la judicial
En la fase administrativa manda el informe médico de síntesis que elabora el propio INSS a partir de la documentación aportada. En la judicial entra en juego la prueba pericial y la contradicción entre peritos, un terreno donde los informes de especialistas privados sí despliegan efecto. Por eso hay expedientes que se resuelven de forma opuesta con la misma historia clínica.
Los tribunales corrigen al organismo con cierta frecuencia, aunque tampoco de forma automática. Tododisca ha recogido casos en ambas direcciones: desde una gran invalidez reconocida por el TSJ de Madrid con 5.189 euros mensuales hasta el caso de un trabajador con un 92 % de discapacidad al que tanto el INSS como el juez negaron la incapacidad permanente.
Lo que conviene tener listo antes de recurrir
De las palabras del letrado se desprende una recomendación práctica: preparar el recurso en términos de limitaciones funcionales concretas —qué posturas, esfuerzos, jornadas o tareas resultan imposibles— y no como un listado de diagnósticos. Cuanto más se traduzca la enfermedad al lenguaje del puesto de trabajo, más difícil resulta sostener que la persona sigue capacitada.
Con todo, quien gana la pensión debe saber que el reconocimiento trae consigo efectos que no siempre se anticipan, desde la fecha de efectos económicos hasta las revisiones por mejoría. Tododisca ha detallado el detalle que muchos desconocen al ganar una incapacidad permanente al INSS y que conviene revisar antes incluso de iniciar el trámite.




