Si estás de baja médica, apunta esta fecha: el 1 de septiembre de 2026. A partir de ese día, la Seguridad Social dejará de enviarte cartas en papel y te notificará todo de forma exclusivamente electrónica, a través de su Sede Electrónica (SEDESS). Lo marca la Orden ISM/541/2026, publicada el 1 de junio de 2026 en el BOE, y afecta a quienes cobran o solicitan una prestación por incapacidad temporal, así como a las notificaciones sobre incapacidad permanente y lesiones permanentes no incapacitantes.
Puede parecer un cambio pequeño, pero no lo es: hasta ahora, muchas personas de baja seguían recibiendo el correo tradicional en su buzón. Eso cambia por completo y agilizará la comunicación entre la administración y la persona, al igual que mejora la accesibilidad entre ellas y las personas que requieran de esta necesidad para tener la notificación lo más fácil posible.
¿Por qué este cambio y a quién afecta?
El argumento de la Seguridad Social es sencillo: si ya trabajas, se supone que sabes moverte con un móvil o un ordenador. La norma lo explica así: los trabajadores, «por estar incorporadas al mundo laboral o profesional en el que está generalizada la tenencia y el uso de dispositivos electrónicos, cuentan con conocimientos y medios suficientes para recibir las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos».
Es decir, se da por hecho que estar de baja no es motivo suficiente para seguir recibiendo cartas en papel. A partir de ahora, entras en el mismo grupo que empresas, autónomos y otros colectivos que ya estaban obligados a lo digital.
¿Cómo sabré que tengo una notificación?
Aquí llega la parte más práctica. Nadie tiene que estar entrando cada día a mirar la sede electrónica por si acaso. La ley obliga a la Seguridad Social a avisar antes, al dispositivo que hayas facilitado (normalmente el móvil), de que tienes algo pendiente. La propia norma lo detalla:
Las y los ciudadanos serán avisados al dispositivo electrónico que hubieran facilitado previamente de que tienen a su disposición una comunicación o notificación electrónica, facilitando el enlace de acceso a la misma
En la práctica, recibirás un aviso con un enlace directo para entrar y leer el documento.
¿Y si no me manejo bien con internet?
La propia norma prevé que no todo el mundo está cómodo o entiende estos trámites. Por eso refuerza la ayuda presencial: cualquiera puede acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social para que un funcionario le ayude a acceder a su notificación en la SEDESS. La orden lo recoge como una vía para «facilitar, de forma presencial […], asistencia en el uso de los medios electrónicos, para que el acceso a la SEDESS sea válidamente realizado por un funcionario público».
Las tres excepciones que permiten seguir recibiendo carta en papel
La norma no cierra la puerta del todo al papel. Quedan tres situaciones en las que la Seguridad Social todavía puede usar el correo tradicional:
- Urgencia: cuando esperar al canal electrónico pondría en riesgo la eficacia del trámite.
- Falta de contacto: cuando la Seguridad Social no tiene ningún dato electrónico de esa persona para avisarla.
- Petición expresa: cuando el interesado va en persona a una oficina y pide allí mismo que se le entregue la notificación en papel.
¿Cuándo empieza a aplicarse de verdad?
Aunque la orden ya está publicada desde el 1 de junio de 2026, la Seguridad Social ha dado un margen de tres meses para que todo el sistema esté listo. Por eso, la obligación no entra en vigor hasta el 1 de septiembre de 2026. Hasta esa fecha, conviene que quienes estén de baja revisen que sus datos de contacto en la Seguridad Social estén actualizados, para no perderse ningún aviso importante sobre su prestación.




