Un trabajador ha logrado el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial por la pérdida de visión en un ojo. Con la concesión de este grado de incapacidad permanente ha recibido una indemnización por un importe aproximado de 100.000 euros.
Se trata de un jefe operativo de ingeniería que perdió totalmente la visión de un ojo, una situación que le generó limitaciones relevantes para desarrollar su actividad laboral habitual con normalidad.
El INSS le denegó toda incapacidad permanente
Este trabajador intentó solicitar el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por la vía administrativa. Sin embargo, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) le denegó toda incapacidad permanente posible.
La respuesta del INSS para rechazar esta solicitud de incapacidad permanente fue la siguiente: «Con el otro ojo ves de sobra». Así lo aseguran los profesionales de ‘CampmanyAbogados’, especialistas en incapacidad laboral permanente, a través de sus redes sociales (@campmanyabogados).
De hecho, con el apoyo y asesoramiento de los expertos de ‘CampmanyAbogados’, este jefe operativo de ingeniería decidió luchar por su incapacidad permanente a través de la vía judicial «En profesiones de alta precisión, la visión monocular no es un detalle, es un impedimento real», argumentan desde el mencionado despacho de abogados.
El Tribunal de Instancia desestimó la demanda inicial dando la razón a los argumentos del INSS. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia terminó reconociéndole a este trabajador una incapacidad permanente parcial, ya que consideró que «no podía realizar bien su trabajo».
Indemnización de 100.000 euros
La incapacidad permanente parcial es el grado más bajo de incapacidad laboral permanente que se puede reconocer a un trabajador en España. Además, en este caso no se cobra una pensión mensual contributiva, sino que el trabajador percibe una indemnización de pago único.
El importe de la indemnización por una incapacidad permanente parcial es equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora del trabajador. Es decir, cuanto mayor sea el salario del trabajador, mayor será el importe a percibir en la indemnización.
Sobre la incapacidad permanente parcial, desde la Seguridad Social explican que «es aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma».
Esto es precisamente lo que le ocurría a este jefe operativo de ingeniería. La pérdida de visión en un ojo no le impedía desarrollar su actividad laboral, pero sí le ocasionó una disminución en su rendimiento habitual. Por ello, el Tribunal Superior de Justicia le reconoció la incapacidad permanente parcial.
Hay que tener en cuenta que la base de cotización de este trabajador era prácticamente el máximo. Según informan los profesionales de ‘CampmanyAbogados’, «ha recibido una indemnización de unos 100.000 euros» tras el reconocimiento de la incapacidad permanente parcial.
Además, la incapacidad permanente parcial es un grado de incapacidad totalmente compatible con cualquier tipo de trabajo; incluso con la profesión habitual de la propia persona beneficiaria. Esta es una de sus grandes ventajas. Eso sí, la indemnización por incapacidad permanente parcial sí tributa por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).




