Las personas con hijos menores de edad pueden recibir una ayuda mensual de hasta 115 euros en 2026 por parte de la Seguridad Social. Para tener derecho a cobrar esta ayuda económica es obligatorio el cumplimiento de una serie de requisitos básicos.
En concreto, esta ayuda se denomina como Complemento de Ayuda Para la Infancia (CAPI), destinado para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y para perceptores de prestaciones familiares.
Ayuda de la Seguridad Social de 115 euros al mes por hijo
Tal y como hemos apuntado anteriormente desde Tododisca, esta ayuda está dirigida a personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital que cuentan con menores en la unidad de convivencia. El importe de esta ayuda depende, principalmente, de la edad del menor.
Normalmente, esta cuantía se actualiza cada año por parte del Gobierno de España. En 2026 estas cuantías no han cambiado con respecto al año anterior, quedando de la siguiente manera:
- 115 euros al mes por cada hijo en la unidad de convivencia con una edad entre 0 y 3 años.
- 80,5 euros al mes por cada hijo en la unidad de convivencia con una edad entre 3 y 6 años.
- 57,5 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años.
Por lo general, esta ayuda de la Seguridad Social se concede a personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital. Sin embargo, el CAPI también se puede cobrar de forma independiente. Para tener derecho al CAPI de manera independiente es obligatorio cumplir una serie de requisitos relacionados con el nivel de rentas.
No todas las personas en España conocen la existencia del Complemento de Ayuda a la Infancia. Así, constituye una prestación mensual que puede servir de gran ayuda a las unidades de convivencia perceptoras del IMV con miembros menores de edad.
Al respecto, desde la Seguridad Social señalan que «el pago del complemento se prolongará mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y se mantengan los requisitos que originaron el derecho a su percepción».
Tal y como ocurre con el Ingreso Mínimo Vital, el Complemento de Ayuda a la Infancia se abona de manera mensual por parte de la Seguridad Social. Es decir, no existen pagas extraordinarias para este tipo de ayudas económicas.
Solicitud del Complemento de Ayuda a la Infancia
La solicitud del Complemento de Ayuda a la Infancia se debe realizar junto con la solicitud del Ingreso Mínimo Vital, a través de los canales habilitados por la Seguridad Social. Dicha solicitud se puede completar de forma telemática o de manera presencial en las oficinas de prestaciones. Esto es algo que deben tener en consideración los ciudadanos en España en 2026.
Además de todo lo expuesto anteriormente, es necesario aclarar que existen ciertas incompatibilidades sobre el Complemento de Ayuda a la Infancia. En este sentido, en la normativa de la Seguridad Social se establece que «las prestaciones o ayudas incompatibles con el Ingreso Mínimo Vital lo serán también del Complemento de Ayuda para la Infancia, aunque se perciba de forma independiente».
Además, esta ayuda económica de la Seguridad Social tampoco puede compatibilizarse con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin o con discapacidad inferior al 33%.




