El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado este martes 26 de mayo de 2026 un nuevo Real Decreto para regular el régimen jurídico de la modalidad de jubilación flexible. Entre otras medidas, los jubilados podrán trabajar como autónomos y seguir percibiendo su pensión contributiva.
Uno de los objetivos principales de esta reforma es favorecer que las personas jubiladas puedan seguir activas en el ámbito laboral, pero sin perder la totalidad de su pensión. Además, también se impulsa la permanencia voluntaria en el mercado laboral y el envejecimiento activo.
Reforma de jubilación flexible
La jubilación flexible es una modalidad de jubilación que permite a las personas jubiladas volver a la actividad laboral de manera voluntaria. En este caso, se compatibiliza parte del importe de la pensión contributiva de jubilación con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial.
El Gobierno mejora el acceso a la jubilación flexible y la compatibilidad de la pensión con el trabajo.
🔸 El objetivo es que las personas jubiladas que lo deseen puedan seguir activas sin perder completamente su pensión.
Lo explica la ministra de @inclusiongob, @SaizElma ▶️ pic.twitter.com/6vWNtefdwT
— La Moncloa (@desdelamoncloa) May 26, 2026
Hasta el momento, la jubilación flexible solamente permitía compatibilizar la pensión con la realización de un trabajo por cuenta ajena. Con esta nueva medida, las personas jubiladas también podrán trabajar como autónomos y cobrar parte de su pensión.
En cualquier caso, este nuevo Real Decreto aprobado por el Gobierno de España entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esto es algo que deben tener en cuenta los ciudadanos en relación a la nueva normativa relacionada con la jubilación flexible.
Tras la aprobación del Real Decreto, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha comentado que «nuestro objetivo es que los trabajadores tengan más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión y ahora planteamos una modalidad de jubilación flexible mejorada».
Además, Saiz ha añadido que «podrán solicitar esta modalidad las personas que ya hayan accedido a una pensión contributiva de jubilación y deseen volver a desarrollar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de esa pensión».
Novedades en la jubilación flexible en España
A continuación, desde Tododisca vamos a enumerar las principales medidas de este nuevo Real Decreto relacionado con la modalidad de jubilación flexible en España:
- La jubilación flexible será compatible con un trabajo por cuenta propia. Es decir, las personas jubiladas podrán volver a trabajar como autónomos y seguir percibiendo parte de su pensión. Eso sí, siempre que no hayan estado de alta en el RETA en los tres años previos a la fecha de jubilación.
- Ahora es posible acceder a la jubilación flexible en cualquier momento, una vez que el ciudadano ya tenga reconocida la pensión contributiva de jubilación.
- En el caso de compatibilizar la jubilación con un trabajo por cuenta propia, el pensionista podrá cobrar hasta el 25% de la pensión mientras dura la compatibilidad con la actividad laboral.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es que se han aprobado nuevos incentivos económicos a aplicar para la jubilación flexible. Al respecto, desde la Seguridad Social manifiestan que «en el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%».
El importe de la pensión de jubilación, con relación a la de un trabajador a tiempo completo, se reducirá de manera proporcionalmente inversa a la reducción de la jornada de trabajo.
Además, la Seguridad Social ha aprobado un incentivo adicional para impulsar el retorno de pensionistas jubilados al mercado laboral. En concreto, las personas que accedan a la jubilación flexible al menos seis meses después desde la jubilación, podrán recibir un porcentaje adicional de su pensión. Respecto a ello, la normativa recoge que «las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55 y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55% subirán un 15% adicional».
En cualquier caso, el ciudadano seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de protección social y de asistencia sanitaria durante todo el periodo de duración de la jubilación flexible. Así lo recuerdan desde la Seguridad Social.






