Una mujer que trabajaba como auxiliar de enfermería ha logrado el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente parcial a través de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia. Además, también ha obtenido el derecho a cobrar una indemnización de 60.000 euros.
Para lograr el reconocimiento de la incapacidad permanente parcial, esta trabajadora ha necesitado pasar un proceso complejo. Su caso ha tenido que llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia, ante la negativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Incapacidad permanente parcial para una auxiliar de enfermería
Este es el caso de Juana, una mujer que trabajaba como auxiliar de enfermería. A pesar de que le gustaba mucho su trabajo, su estado de salud no paraba de empeorar generándole importantes limitaciones.
Presentaba artrosis, lumbalgia crónica, problemas en la columna y dolor constante en diferentes partes del cuerpo. Cada vez se hacía más complicado trabajar para ella. Incluso, prevención de riesgos laborales entró a analizar la situación de Juana.
Desde prevención de riesgos laborales tuvieron claro que Juana ya no podía realizar las acciones propias de su actividad laboral, por lo que la decisión fue trasladarla a otro departamento que no conllevara exigencias físicas.
Ante esta situación, Juana tenía dudas y pensaba que si seguía trabajando ya no podría solicitar una incapacidad permanente. Así, decidió acudir al despacho de la abogada Marina Alaminos (@marinaalaminos) con el objetivo de que analizara su caso y le asesorara en los posibles pasos a llevar a cabo.
Alaminos estudió su caso y, efectivamente, confirmó que Juana podía seguir trabajando. Eso sí, también pudo acreditar que esta trabajadora ya no podía realizar una parte muy importante de las funciones correspondientes a su profesión.
El Tribunal Superior de Justicia confirma la incapacidad permanente parcial
La abogada Marina Alaminos tenía claro desde el principio que Juana cumplía con los requisitos para cobrar una incapacidad permanente parcial, por lo que se presentó la pertinente solicitud ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Una solicitud que fue rechazada.
Es preciso recordar que la incapacidad permanente parcial no consiste en una pensión contributiva mensual, sino que supone la percepción de una indemnización económica de pago único.
Tras el rechazo inicial del INSS presentaron una Reclamación Previa por la vía administrativa que también fue denegada. «Juana estaba cansada, llevaba años luchando contra un dolor crónico y ahora también tenía que luchar para que le reconocieran algo evidente», expone Marina Alaminos.
Frente a esta situación, María Alaminos presentó una demanda judicial contra el INSS argumentando lo siguiente: «Si una trabajadora ha tenido que ser cambiada de departamento porque ya no puede realizar determinadas funciones, es porque existen limitaciones reales y esas limitaciones deben reconocerse».
A pesar de ello, el Juzgado de lo Social tampoco dio la razón a Juana y desestimó la demanda. Ni Juana ni Marina Alaminos tiraron la toalla, por lo que presentaron un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia reconoció a Juana el derecho a cobrar una incapacidad permanente parcial. Además, ha condenado al INSS a pagar una indemnización de 60.000 euros a esta trabajadora.






