El Gobierno de España ha aprobado definitivamente la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia. Uno de los objetivos principales de esta reforma es reforzar los derechos y la protección de las personas con discapacidad, así como de sus familiares.
Tras la aprobación de la mencionada reforma, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, afirmó que «nuestro compromiso es total y ahora toca que todas las comunidades autónomas remen a favor para hacerlo una realidad».
Además, desde el Ejecutivo Central aseguran que la reforma también blinda la financiación del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) incorporando en la ley la obligación de que la AGE (Administración General del Estado) asuma el 50% de la inversión.
Prohibición de subir el precio del seguro por motivo de discapacidad
Una de las principales medidas aprobadas en la reforma de la Ley de Discapacidad supone un refuerzo de la protección para personas con discapacidad a la hora de contratar un seguro de vida, seguro de hogar o seguro de salud.
Hasta el momento, muchas compañías establecían un suplemento económico a las personas con discapacidad al contratar determinadas pólizas de seguro. Se trata de una situación que suponía un perjuicio discriminatorio para este colectivo.
Al respecto, desde el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 del Gobierno de España, indican que «se prohíbe por ley una práctica que llevan a cabo algunos seguros de hogar o de salud de subir el precio cuando la persona que quiere contratarlos tiene una discapacidad. Se considera una práctica discriminatoria que será ilegal».
Esta es una de las medidas incorporadas en la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia que tiene como finalidad reforzar la protección de las personas con discapacidad en España, evitando situaciones de discriminación e injusticia.
Protección para personas con discapacidad
Otras de las medidas relevantes acordadas por el Gobierno de España es la creación de la figura del facilitador procesal para evitar situaciones de indefensión de personas con discapacidad en procesos judiciales. Esta figura actuará como un puente entre operadores jurídicos y las personas con discapacidad.
La misión del facilitador procesal es asegurar que la persona con discapacidad entiende y comprende todo lo que está ocurriendo en el proceso judicial. Por tanto, hablamos de otra medida clave para mejorar los derechos de las personas con discapacidad y reforzar su protección.
En esta publicación, también vamos a destacar el establecimiento de la Atención Temprana como derecho subjetivo. Concretamente, desde el Ministerio de Derechos Sociales manifiestan que «la reforma fija por ley que la atención temprana es un derecho subjetivo para garantizar que los gobiernos autonómicos atiendan a todos aquellos niños y niñas (de 0 a 6 años) que presenten trastornos en el desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlo».
Con esta nueva normativa, cada familia con un niño en esta situación podrá solicitar a su administración autonómica que se le proporcione el tratamiento específico que necesita, con independencia de la disponibilidad presupuestaria o de plazas.




