La Ley de Bienestar Animal lo confirma: multas para los dueños de perros y gatos que utilicen accesorios que restrinjan su libertad de movimiento

Los dueños de perros y gatos no pueden utilizar ningún artilugio, mecanismo o utensilio que limite o impida la movilidad de su mascota, salvo que lo prescriba un veterinario por el bienestar del animal. Así lo recoge el artículo 25 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. La norma también fija en 24 horas consecutivas el tiempo máximo que un perro puede pasar sin supervisión.

Cabe recordar que esta ley se aplica en todo el territorio nacional y establece un mínimo común de obligaciones para quienes conviven con animales de compañía, con independencia de la comunidad autónoma en la que residan.

Qué tipo de sujeción está prohibida

El artículo 25 enumera las conductas que quedan totalmente prohibidas. Entre ellas figura el uso de cualquier objeto destinado a inmovilizar al animal en un punto fijo. Además, el mismo artículo amplía el veto a cualquier mecanismo que limite su movilidad, aunque no lo ancle a un lugar concreto. En ambos casos, la única excepción es la prescripción veterinaria.

Es decir, la imagen del perro atado de forma permanente a una caseta, a un árbol o a una reja ya no tiene cabida en la normativa. La norma no afecta al uso de la correa durante el paseo; lo que veta es emplear la sujeción para dejar al animal anclado en un sitio.

Entre las finalidades de la ley figuran promover la tenencia responsable y luchar contra el maltrato y el abandono, dos problemas que siguen muy presentes en España.

Ni atado en la calle ni a diario en el balcón

El artículo 27 añade otra obligación clave: los animales no pueden quedarse atados ni deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial de la persona responsable. La ley no fija un tiempo mínimo. Dejar al perro atado a una farola mientras se entra en una tienda, por ejemplo, entra en este supuesto si el dueño no está presente.

Ese mismo artículo pone el foco en los espacios de la vivienda. Prohíbe mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y espacios similares, así como en vehículos. El matiz es importante: no se prohíbe que el animal salga un rato a la terraza, sino que ese lugar se convierta en su sitio de vida diario.

Cuánto tiempo puede quedarse solo un animal

La ley fija dos plazos máximos sin supervisión:

  • Perros: no más de 24 horas consecutivas.
  • Resto de animales de compañía (gatos, hurones, etc.): no más de tres días consecutivos.

Por tanto, quien vaya a ausentarse más tiempo debe organizar visitas de un familiar, un cuidador o una residencia para que alguien atienda al animal.

Una norma para cambiar hábitos

Con todo, más allá de las prohibiciones concretas, la ley parte de una idea de fondo: los animales son seres sintientes y quien convive con ellos asume la obligación de garantizar su bienestar. La libertad de movimiento, la compañía y un espacio adecuado pasan así a formar parte del cuidado básico que exige la ley a cualquier propietario.