La reforma de la prestación de la CUME amplía la protección de familias con hijos con autismo: «Necesitamos seguir avanzando en las necesidades reales»

El 21 de octubre de 2026 el BOE (Boletín Oficial del Estado) publicó el Real Decreto-Ley 31/2026, de 20 de octubre, que recoge una serie de medidas para reforzar la acción protectora de la Seguridad Social. Entre las medidas más relevantes, se recogen algunas mejoras en relación a la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave; conocida popularmente como prestación de la CUME.

Desde Autismo España celebran la reforma de la prestación de la CUME y afirman que «amplía la protección de las familias con hijos con autismo». No obstante, consideran que «todavía es necesario avanzar para garantizar un acceso más claro, equitativo y adaptado a las necesidades reales de las personas con autismo y sus familias».

Nuevas medidas de la prestación de la CUME

La prestación de la CUME es una ayuda que tiene como objetivo compensar la pérdida económica de los progenitores al tener que reducir su jornada laboral para cuidar a un hijo afectado por cáncer o por otra enfermedad grave.

En el caso de las familias de personas con autismo que requieren de apoyos continuos y directos, la prestación de la CUME constituye una ayuda económica importante. Se trata de una prestación que posibilita compatibilizar la actividad laboral con el cuidado de los hijos.

A continuación, desde Tododisca enumeramos algunas de las principales medidas que se recogen en esta reforma de la prestación de la CUME:

  • Ampliación de la prestación más allá de los 26 años de edad: Si la persona que necesita los cuidados tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% o un grado III de dependencia, la prestación se podrá seguir percibiendo por encima de los 26 años de edad.
  • Ambos progenitores podrán cobrar simultáneamente la prestación: En este caso, cada uno de los progenitores percibirá una prestación con una cuantía equivalente al 50% de su base reguladora.
  • Reconocimiento de las familias monoparentales y otras situaciones similares: Cuando exista una única progenitora trabajadora, siempre que cumpla con los requisitos, podrá acceder a la prestación de la CUME.
  • Simplificación de los trámites administrativos: La acreditación de la enfermedad se podrá realizar mediante un informe del médico facultativo de atención primaria o por un trabajador del servicio público de salud de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Todas estas medidas suponen una ampliación de derechos para las personas con autismo y para sus familias. Igualmente, también repercutirá positivamente en otras familias con hijos que se enfrentan a enfermedades graves como el cáncer.

Demandas pendientes de Autismo España

Tal y como hemos comentado anteriormente, desde Autismo España valoran de forma positiva los cambios aprobados en esta reforma en relación a la prestación de la CUME. Sin embargo, los representantes de esta entidad recuerdan ciertos aspectos que aún quedan pendientes para seguir avanzando en este ámbito.

Entre otras cosas, reclaman que el desarrollo reglamentario de la prestación y el anexo de las enfermedades y trastornos que puedan permitir el acceso a la misma incluya una mención específica al autismo. Este hecho ayudaría a reducir las diferencias de interpretación y aportaría seguridad jurídica a las familias.

Finalmente, desde Autismo España argumentan que «la inclusión expresa del autismo se contemplaba en el proyecto de desarrollo reglamentario analizado por nuestra organización, por lo que será importante comprobar que se mantiene en la regulación definitiva».