Una de las primeras preguntas que se hace cualquier trabajador cuando recibe una baja médica es cuánto va a cobrar mientras dure. La prestación por incapacidad temporal que reconoce la Seguridad Social no siempre equivale al salario completo, y su cuantía depende del origen de la baja y del día en que se encuentre el trabajador.
Las reglas están recogidas en la Ley General de la Seguridad Social y en su normativa de desarrollo, y distinguen entre las bajas por contingencias comunes, como una enfermedad o un accidente no laboral, y las bajas por contingencias profesionales.
Requisitos para cobrar la baja
Cuando la baja se debe a una enfermedad común, es necesario estar de alta en la Seguridad Social y haber cotizado al menos 180 días en los cinco años anteriores. Si la baja se debe a un accidente, sea o no laboral, o a una enfermedad profesional, no se exige ningún periodo previo de cotización.
Cuánto se cobra por enfermedad común
En las bajas por enfermedad común o accidente no laboral, la prestación se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora, que se obtiene a partir de la base de cotización del trabajador:
- Del día 1 al 3: no se cobra prestación, salvo que el convenio colectivo establezca una mejora a cargo de la empresa.
- Del día 4 al 20: el 60% de la base reguladora.
- Desde el día 21: el 75% de la base reguladora.
Del día 4 al 15, la prestación corre a cargo de la empresa. A partir del día 16, la paga el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) o la mutua colaboradora, aunque normalmente la empresa la sigue abonando en la nómina a través del llamado pago delegado y después se lo descuenta de sus cotizaciones.
Cuánto se cobra por accidente de trabajo
Las bajas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional son más protectoras. En estos casos, el trabajador cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja, y el salario del día del accidente lo abona íntegramente la empresa.
Los convenios pueden mejorar la prestación
Muchos convenios colectivos incluyen complementos para que el trabajador cobre el 100% de su salario durante la baja, o para cubrir los tres primeros días. Por eso, es recomendable revisar el convenio aplicable, ya que lo que se cobre finalmente puede ser superior a lo que marca la ley.
Cuánto puede durar la baja
La incapacidad temporal tiene una duración máxima de 365 días, prorrogables por otros 180 si se prevé la curación en ese plazo. Al agotar ese tiempo, el INSS debe valorar si existe una incapacidad permanente.
Novedades a partir del 1 de diciembre
El Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre, introduce cambios en la incapacidad temporal que entrarán en vigor el 1 de diciembre de 2026. Entre ellos, modifica la forma de calcular la base reguladora y añade nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal, como la patología limitante vinculada al trastorno menopáusico y las lesiones derivadas de violencia de género.
En estas situaciones especiales no se exige periodo de carencia y la prestación se cobra desde el día siguiente al de la baja. En Tododisca explicamos que la Seguridad Social aprueba dos nuevas situaciones especiales de baja.
Si la baja se alarga
Las bajas largas suponen una pérdida de ingresos que muchas familias notan. En Tododisca contamos el caso de Juana, de 45 años y con cáncer de mama, que denuncia la pérdida de ingresos durante su baja por enfermedad común.
En definitiva, durante una baja por enfermedad común la Seguridad Social garantiza el 60% de la base reguladora desde el cuarto día y el 75% a partir del día 21, mientras que en las bajas por accidente de trabajo el 75% se cobra desde el principio.