Las personas con discapacidad o sus familiares pueden cobrar una ayuda de 1.200 euros en este año 2026. En concreto, consiste en la deducción de 1.200 euros anuales en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Normalmente, esta ayuda se recibe al realizar la Declaración de la Renta. Sin embargo, los ciudadanos también pueden solicitar el cobro de esta ayuda por discapacidad de manera anticipada.
Requisitos para cobrar la ayuda por discapacidad de 1.200 euros
Los expertos de ‘Fidelitis’ explican que «esta ayuda, conocida como ‘deducción por discapacidad en la unidad familiar’, no requiere presentar una solicitud específica si se hace en la Declaración de la Renta, pero también puede cobrarse de forma anticipada, mes a mes, si se cumplen ciertos requisitos».
Según la normativa fiscal, esta ayuda por discapacidad la pueden recibir tres perfiles diferentes, cuyos requisitos varían en función de cada uno de ellos:
- Personas con discapacidad que trabajan.
- Pensionistas de la Seguridad Social o de clases pasivas con discapacidad.
- Contribuyentes con ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo.
Las personas con discapacidad que estén trabajando deben tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%; estar empleado por cuenta ajena o como trabajador autónomo y estar dado de alta en la Seguridad Social.
Respecto a las personas pensionistas, deben percibir una pensión contributiva de la Seguridad Social y tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%. En determinados casos, es necesario no superar los límites de renta establecidos.
En relación a los contribuyentes con familiares con discapacidad a cargo, estos son los requisitos que deben cumplir para cobrar la ayuda de 1.200 euros:
- Discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Las rentas de la persona con discapacidad no pueden ser superiores a 8.000 euros.
Así, esta deducción se puede aplicar para contribuyentes con hijos menores de 25 años a cargo y que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%. También en caso de que el contribuyente conviva con padres o abuelos con discapacidad.
Cuantía de la deducción en 2026
La cuantía de la deducción por discapacidad en 2026 queda de la siguiente manera, tal y como informan los expertos de ‘Fidelitis’:
- Deducción de 1.200 euros por cada descendiente o ascendiente por discapacidad.
- Deducción de 1.200 euros en caso de trabajador con discapacidad o pensionista con discapacidad.
- Deducción de 2.400 euros por Familia Numerosa General.
- Deducción de 4.800 euros por Familia Numerosa Especial.
Todas estas deducciones por discapacidad se pueden cobrar al mismo tiempo. Es decir, son acumulables. En determinados casos, es posible aplicar una deducción de 6.000 euros o más.
La ayuda por discapacidad de 1.200 euros, por norma general, se percibe en forma de deducción al realizar la Declaración de la Renta. Sin embargo, los ciudadanos tienen la posibilidad de solicitar el abono anticipado con pagos de 100 euros al mes, presentando el modelo 143 ante la Agencia Tributaria. Quienes ya estén percibiendo el abono anticipado no tendrán que presentar una nueva solicitud cada año, salvo que cambien las circunstancias que dieron lugar al derecho a la deducción.
Para solicitar esta ayuda por discapacidad, ya sea a través de deducción o por pago anticipado, es necesario aportar los siguientes documentos:
- Certificado de discapacidad.
- Resolución del grado de discapacidad.
- Libro de familia, en caso de hijos.
- Justificante de convivencia, en caso de que la deducción se aplique por ascendientes con discapacidad.
- Documento de certificado de la pensión o contrato laboral, en función de cada situación.
La campaña de la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2025 se desarrolló entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026, por lo que ese plazo ya está cerrado. Quienes cumplan los requisitos durante este año podrán aplicar la deducción de 1.200 euros en la declaración del ejercicio 2026, que se presentará previsiblemente entre abril y junio de 2027. Como alternativa, el abono anticipado a través del modelo 143 puede solicitarse en cualquier momento del año, sin esperar a la campaña de la Renta.




