Tres años de reclamaciones y negativas no fueron suficientes para frenar a una dependienta de Málaga que padece fibromialgia y artrosis. Finalmente, la justicia le ha reconocido la incapacidad permanente que la Seguridad Social le venía negando, con una pensión vitalicia y efectos retroactivos desde 2023. Su caso pone el foco en unas enfermedades a menudo difíciles de acreditar ante los tribunales médicos.
Según la sentencia, la trabajadora sufre artrosis primaria generalizada degenerativa, artrosis nodular de manos, fibromialgia, cervicalgia, espondilosis cervical, dorsal y lumbar y un episodio depresivo, entre otras patologías. Los informes médicos reflejaban que no podía desempeñar las tareas fundamentales de su profesión como empleada de comercio, que exigen atender al público y despachar durante toda la jornada.
Por qué la Seguridad Social decía que no
La mujer inició sus reclamaciones en vía administrativa en 2023, cuando su estado de salud le hacía imposible mantener una rutina laboral sencilla. Sin embargo, se topó con sucesivas negativas. Este tipo de situaciones son frecuentes en dolencias como la fibromialgia, y por eso conviene conocer las opciones que tiene un trabajador si le deniegan la incapacidad permanente.
El tribunal reconoce la irreversibilidad
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revocó la sentencia previa y estimó el recurso de la trabajadora. El ponente subrayó que sus lesiones tienen carácter definitivo por ser de naturaleza progresiva e irreversible, y que le impiden realizar esfuerzos físicos intensos, sobrecargar la columna o las extremidades y afrontar tareas con estrés o tensión emocional. Un elemento clave del fallo es que el tribunal entra a valorar los hechos probados y pone en relación su estado de salud con la imposibilidad de desarrollar una actividad aparentemente sencilla.
Una pensión con efectos retroactivos
La resolución obliga a la Seguridad Social a reconocer la prestación con efectos desde julio de 2023, fecha en la que comenzó su reclamación. Es decir, la trabajadora no solo obtiene la pensión, sino que esta se calcula como si se le hubiera concedido cuando la solicitó por primera vez. Conviene recordar los derechos y obligaciones al cobrar una pensión de incapacidad permanente.
La abogada del caso destacó que la resolución es novedosa porque el tribunal analiza a fondo los hechos y concluye que las patologías eran incompatibles con el trabajo. La lección es clara para quienes conviven con enfermedades crónicas de difícil valoración: una negativa inicial no cierra la puerta. Otros casos, como el de una dependienta que obtuvo la incapacidad permanente absoluta por vía judicial, apuntan en la misma dirección. Según recuerda el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, lo determinante es acreditar el carácter progresivo e irreversible de las dolencias.




