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Abogados informan de 4 mitos que pueden perjudicar para obtener la incapacidad permanente

Existen algunas falsas creencias en relación a los procesos de solicitud de incapacidad permanente y a este tipo de pensiones

Alejandro Perdigones
08/03/2026 07:30
en Prestaciones
Mitos sobre la incapacidad permanente

Mitos sobre la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

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El proceso de solicitud de incapacidad permanente suele estar rodeado de incertidumbre y desconocimiento, especialmente por parte de los trabajadores. Una pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión que puede ser vital para la persona beneficiaria.

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En este sentido, los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ han informado de 4 mitos que pueden perjudicar a la hora de solicitar y obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en España.

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Mitos sobre incapacidad permanente

A continuación, desde Tododisca, vamos a enumerar algunos de los mitos más habituales que envuelven los procesos de incapacidad permanente, tal y como exponen los abogados del mencionado bufete.

El primer mito que destacan desde ‘Velázquez & Villa Abogados’ es que muchas personas creen que si tienen una enfermedad grave le conceden «la incapacidad permanente seguro». En relación a esta falsa creencia, desde el bufete aclaran que la incapacidad permanente no se reconoce solo por diagnóstico. Lo determinante es cómo esa enfermedad limita la capacidad laboral del trabajador».

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Algunas personas piensan que si el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) deniega la solicitud de incapacidad permanente, ya no hay nada que hacer. Este es otro mito en relación a las pensiones de incapacidad permanente.

Cuando el INSS deniega una solicitud de incapacidad permanente, el ciudadano tiene la posibilidad de presentar una Reclamación Previa por la vía administrativa. Además, si esta reclamación también es denegada por el INSS, el trabajador puede llevar el caso a la vía judicial para luchar por su pensión de incapacidad.

Desde ‘Velázquez & Villa Abogados’ argumentan que «una denegación no siempre es el final del proceso«. Además, añaden que «existen vías de revisión dentro de los plazos legalmente establecidos».

Aclaraciones en relación a los procesos de solicitud de incapacidad permanente

En tercer lugar, los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ manifiestan que algunos ciudadanos creen que para obtener una incapacidad permanente «solo cuentan las enfermedades físicas». Nada más lejos de la realidad.

Las enfermedades o limitaciones físicas pueden dar derecho al reconocimiento de una incapacidad permanente. Sin embargo, los especialistas de este bufete de abogados comentan que «las patologías psicológicas o psiquiátricas también pueden ser valoradas, siempre que existan limitaciones funcionales acreditadas».

Finalmente, el cuarto mito que exponen desde ‘Velázquez & Villa Abogados’ es que «es imposible ‘ganarle’ a la Seguridad Social». El Instituto Nacional de la Seguridad Social es un organismo férreo para el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.

Cada caso se analiza de forma particular por parte del INSS. Algunas pensiones de incapacidad permanente son reconocidas directamente por la vía administrativa, aunque otros casos se ganan a través de la vía judicial. Todo depende de cada situación. «Cuando existen fundamentos médicos y jurídicos sólidos, es posible obtener una resolución favorable de incapacidad permanente», concluyen los expertos de ‘Velázquez & Villa Abogados’.

Las pensiones de incapacidad permanente ofrecen una protección económica a los ciudadanos cuando, debido a ciertas limitaciones, no cuentan con la capacidad laboral para desempeñar su profesión habitual o cualquier actividad laboral. El INSS es el organismo encargado de reconocer la pensión de incapacidad permanente, aunque también se puede lograr a través de la vía judicial.

Alejandro Perdigones
Alejandro Perdigones

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