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Un capataz industrial consigue una incapacidad permanente absoluta a causa de una enfermedad ósea degenerativa

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le reconoce el derecho a una pensión de incapacidad permanente con el 100% de su base reguladora

Alejandro Perdigones
09/12/2025 11:27
Publicado en Prestaciones
Incapacidad permanente absoluta por enfermedad ósea degenerativa

Incapacidad permanente absoluta por enfermedad ósea degenerativa./ Licencia Adobe Stock

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Un ciudadano español, cuya profesión habitual era la de capataz industrial, ha logrado el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Para ello, ha necesitado llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Este caso pone de manifiesto la odisea que tienen que superar muchos trabajadores en España para lograr el reconocimiento del grado de incapacidad permanente que realmente les corresponde.

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Incapacidad permanente absoluta por una enfermedad ósea degenerativa

Todo comenzó en el mes de julio de 2019, fecha en la que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) reconoció a este trabajador una incapacidad permanente total para su profesión habitual de capataz industrial.

Capataz industrial
Capataz industrial./ Licencia Adobe Stock

En aquel entonces, este trabajador presentaba el cuadro clínico que exponemos a continuación desde Tododisca:

  • Espondiloartrosis lumbar más estenosis de canal lumbar.
  • Obesidad severa.
  • Coxartrosis derecha.
  • Síndrome femoropatelar.

Con este cuadro clínico, los responsables del INSS consideraron que al trabajador únicamente le correspondía cobrar una pensión de incapacidad permanente total. Hay que tener en cuenta que todas estas patologías limitaban al trabajador para realizar sobrecargas moderadas e intensas de raquis lumbar.

Además, con posterioridad, a este trabajador también se le reconoció una discapacidad del 43% y una dependencia de grado 1. Por todo ello, el 4 de octubre de 2022, el trabajador presentó una solicitud de revisión del INSS por agravación de su estado clínico. En este sentido, solicitaba el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta.

El INSS ni siquiera le contestó

La solicitud de revisión ni siquiera recibió respuesta por parte del INSS, por lo que se consideró como denegada por silencio administrativo. El trabajador no tiró la toalla y decidió luchar por sus derechos a través de la vía judicial.

Así, el 21 de abril de 2023, el trabajador presentó una demanda ante el Decanato de los Juzgados de lo Social, solicitando el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta por agravación de su estado de salud.

El caso se llevó a cabo por parte del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, que denegó el aumento del grado de la incapacidad permanente que solicitaba el trabajador. En este sentido, determinaron que no existía motivo para el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta «al no constar los posibles hechos controvertidos, sin perjuicio del derecho de la parte a reiterar su petición en el acto del juicio».

Posteriormente, el trabajador afectado interpuso un recurso de reposición. El 24 de abril de 2024 se desarrolló un nuevo juicio, en el que se rechazó la emisión del médico forense tal y como solicitó el demandante. Un demandante que recurrió declarando indefensión.

Tras varios años de lucha, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado el recurso de este capataz industrial y le ha reconocido el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta. Así, percibirá una pensión con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora, con un importe de 2.280,01 euros al mes.

Los magistrados del TSJM pudieron constatar que la estenosis de canal, fibrosis y espondilosis degenerativa multinivel ha evolucionado de manera muy desfavorable con respecto a los informes médicos de julio de 2020. Además, también se pudo demostrar que este ciudadano requiere de ayuda en domicilio para determinadas actividades cotidianas, debido a una pseudoartrosis de los tornillos inferiores.

Temas: Incapacidad PermanentePensión

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