Una dependienta de Ciudad Real con discopatía degenerativa, fibromialgia, síndrome de sensibilización central y colon irritable ha conservado su incapacidad permanente absoluta después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurriera la sentencia que se la concedió. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en resolución de 10 de julio de 2026 con ponencia de la magistrada Ethel Honrubia Gómez, desestimó el recurso del organismo y dejó firme el fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Ciudad Real. La trabajadora cobra el 100% de una base reguladora de 823,45 euros, con efectos económicos desde el 4 de marzo de 2024.
El argumento que sostiene la resolución es el que más conviene conocer a quien tiene un expediente abierto.
El dictamen del EVI orienta, pero no manda
El Equipo de Valoración de Incapacidades es el órgano que propone al INSS si procede reconocer una incapacidad y en qué grado. Su dictamen es el documento sobre el que se construye la resolución administrativa, y por eso muchos solicitantes lo viven como una sentencia anticipada.
No lo es. Los tribunales vienen recordando que ese dictamen tiene valor orientativo y no vincula al juez, que valora libremente toda la prueba practicada: informes de especialistas, pruebas objetivas, periciales de parte y la descripción real del puesto de trabajo.
Es decir: un dictamen desfavorable del EVI no cierra el caso. Cierra la vía administrativa, que es otra cosa.
Qué es la incapacidad permanente absoluta
Es el grado que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio, no solo para el suyo habitual. Da derecho al 100% de la base reguladora y, a diferencia de la incapacidad permanente total, tiene un régimen de compatibilidad con el trabajo mucho más restrictivo.
En este caso la base reguladora era baja —823,45 euros—, algo habitual en carreras de cotización con jornadas parciales o interrupciones. Por eso conviene comprobar si corresponde el complemento a mínimos, que eleva la prestación hasta la cuantía garantizada según la situación familiar.
Por qué la fibromialgia complica los expedientes
La fibromialgia y el síndrome de sensibilización central plantean un problema de prueba: no se ven en una radiografía. No hay una imagen que muestre el dolor.
De ahí que estos casos se ganen o se pierdan en el detalle de los informes. Lo que pesa no es el diagnóstico, sino la descripción de las limitaciones funcionales: cuánto tiempo puede permanecer de pie, qué peso puede manejar, cuántas horas mantiene la concentración, con qué frecuencia aparecen los brotes.
Cuando esos elementos constan por escrito y proceden de especialistas del sistema público, el juez tiene material para apartarse del dictamen del EVI. Cuando solo consta el diagnóstico, no.
Cómo preparar un recurso con posibilidades
- Solicitar el expediente administrativo completo, incluido el dictamen del EVI, para saber exactamente qué se valoró.
- Reunir informes de especialistas actualizados que describan limitaciones, no solo diagnósticos.
- Aportar la descripción real del puesto: tareas, posturas, cargas y ritmos.
- Respetar los plazos: 30 días para la reclamación previa y 30 días para demandar tras su resolución.
La otra cara: el INSS también recurre
El caso ilustra algo que sorprende a muchos beneficiarios: ganar en el juzgado no siempre es el final. La Seguridad Social puede recurrir en suplicación, y el proceso se alarga meses.
Ocurre igualmente en sentido contrario, cuando el organismo retira una pensión ya reconocida por mejoría. En ambos escenarios, la clave sigue siendo la misma: documentación clínica sólida y actualizada.
Con todo, la resolución manchega deja un mensaje que merece la pena repetir a quien acaba de recibir una denegación: el papel que le han enviado no es la última palabra. Es el punto de partida de la vía judicial.




