En el mes de mayo de 2026, la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha llegado a 862.859 hogares en España, tal y como ha informado la Seguridad Social. Además, desde la Administración asegura que en 590.959 de estos hogares conviven menores de edad.
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital pueden percibir un complemento económico mensual en caso de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Igualmente ocurre con las unidades de convivencia beneficiarias, en caso de que un miembro de la unidad familiar tenga reconocido dicho grado de discapacidad.
Complemento del 22% para personas con discapacidad
Según los datos ofrecidos por la Seguridad Social, el importe medio del Ingreso Mínimo Vital por hogar en mayo de 2026 es de 538,7 euros al mes. En este sentido, señalan que la prestación protege actualmente a 2.631.545 personas en España.
Además, desde la Seguridad Social manifiestan que «en sus casi seis años de vigencia, el IMV ha protegido a casi 3,7 millones de personas (3.667.743), adaptándose progresivamente a la realidad de los hogares y mejorando su capacidad de respuesta ante situaciones de vulnerabilidad».
En 2026, la cuantía para un beneficiario individual del Ingreso Mínimo Vital es de 733,6 euros al mes. Las personas con una discapacidad igual o superior al 65% pueden recibir un complemento económico equivalente al 22% del importe vigente para un beneficiario individual.
Este complemento económico también se puede percibir en caso de unidades de convivencia beneficiarias, siempre que alguno de los miembros de la unidad familiar acrediten tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Los requisitos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital en 2026
Para tener derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital en 2026 es necesario cumplir una serie de requisitos básicos. Según informan desde la Seguridad Social, estas son las condiciones que deben cumplir los ciudadanos:
- Residir en España de manera legal y continuada durante al menos un año anterior a la solicitud de la prestación.
- La persona solicitante y los miembros de la unidad familiar deben encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
En España, el domicilio se verifica a través del certificado de empadronamiento. La unidad de convivencia, por su parte, se certifica a través del libro de familia, datos padronales o certificados del registro civil.
Desde la Seguridad Social explican que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación pública que garantiza un nivel mínimo de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad y que se puso en marcha hace casi seis años. Se configura como un derecho subjetivo, adaptado a la realidad de cada unidad de convivencia, y constituye un instrumento clave en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, con especial atención a los menores»-
Actualmente, las personas que agotan el subsidio por desempleo pueden pasar a percibir directamente el Ingreso Mínimo Vital, en caso de cumplir con los requisitos para tener derecho a esta prestación y si no se ha reincorporado al mundo laboral. No es necesario realizar ninguna solicitud, puesto que el SEPE y la Seguridad Social cruzan datos para que el reconocimiento del IMV se produzca de oficio.


