Los trabajadores autónomos con discapacidad en España también tienen la posibilidad de jubilarse antes de alcanzar la edad ordinaria. Eso sí, para acceder a la jubilación anticipada es necesario que cumplan una serie de requisitos específicos.
En concreto, los trabajadores autónomos o por cuenta propia tienen un modo diferente de cotizar a la Seguridad Social con respecto a los trabajadores asalariados. Además, también se cumplen algunas diferencias en relación a la jubilación anticipada por discapacidad.
Jubilación anticipada por discapacidad para autónomos
Para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad, el trabajador autónomo debe tener reconocido como mínimo un grado de discapacidad igual o superior al 45%. No es posible acceder a la jubilación anticipada por discapacidad con solo un grado del 33% o superior.
La normativa de la Seguridad Social establece actualmente los siguientes requisitos para que los trabajadores autónomos puedan acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 45%:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 45%.
- Haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. De estos años, un mínimo de cinco tendrán que haberse cumplido con el grado de discapacidad reconocido.
- La discapacidad debe derivar de una o varias enfermedades recogidas en el listado de la Seguridad Social para esta modalidad de jubilación.
Los autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 45% que cumplan con estos requisitos podrán jubilarse en España a partir de los 56 años de edad. Además, la Seguridad Social no aplicará penalizaciones en su pensión contributiva de jubilación.
Autónomos con una discapacidad igual o superior al 65%
Muchas personas creen que los trabajadores autónomos no tienen derecho a acogerse a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%. Esto ocurre debido a que la normativa dejaba dudas al respecto.
De hecho, durante muchos años se ha creído que la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65% no estaba habilitada para los trabajadores autónomos del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Sin embargo, en abril de 2025, la Seguridad Social confirmó que «los trabajadores autónomos con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 pueden acogerse a esta modalidad de jubilación anticipada como los trabajadores por cuenta ajena, si cumplen el resto de los requisitos exigidos».
Por tanto, los trabajadores autónomos en España también tienen derecho a la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%. Para ello, es obligatorio el cumplimiento de los requisitos que exponemos a continuación:
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social. En este caso, no es relevante si la cotización se ha completado con o sin la discapacidad reconocida.
Para acceder a esta modalidad de jubilación anticipada por discapacidad no es necesario que la discapacidad deriva de una o varias patologías del listado de la Seguridad Social. Es una diferencia a tener en cuenta.
A través de la jubilación anticipada por discapacidad igual o superior al 65%, los trabajadores autónomos en España pueden jubilarse a partir de los 52 años de edad. Igualmente, tampoco tendrán una penalización en su pensión contributiva de jubilación.




