Las personas con discapacidad cuentan con nuevos derechos a la hora de acudir a un banco. Actualmente, pueden acudir a una entidad bancaria a realizar una determinada gestión sin necesitar una autorización judicial o una tutela. Esto se debe a un cambio importante en la legislación.
En este caso, es fundamental destacar la figura de ‘la guarda de hecho’. Se trata de una persona de confianza del ciudadano con discapacidad que puede acompañarlo en sus operaciones bancarias, para hablar con el personal en caso de que sea necesario y, en definitiva, para prestar su ayuda en todo lo que requiera.
Nuevos derechos de las personas con discapacidad en la relación con los bancos
Desde IMPULSA IGUALDAD recuerdan a las personas con discapacidad que no están solas para realizar cualquier operación bancaria que deseen. La guarda de hecho es fundamental para ayudar a la persona con discapacidad a realizar las operaciones específicas que requiera, como por ejemplo:
- Sacar dinero.
- Pagar recibos.
- Ingresar dinero.
- Hablar con el personal de la entidad bancaria.
En muchas ocasiones, el banco puede solicitar una serie de documentos a la persona con discapacidad para acreditar a la persona que representa la figura de ‘la guarda de hecho’. Este trámite se realiza, en la mayoría de ocasiones, para salvaguardar la seguridad y los derechos del cliente con discapacidad.
Algunos de los datos que pueden requerir desde la entidad bancaria es el libro de familia, el DNI, certificado de empadronamiento, el informe de discapacidad o el informe de dependencia. «Esto sirve para que el banco no bloquee tus cuentas», manifiestan desde IMPULSA IGUALDAD.
Más seguridad para las personas con discapacidad
El ciudadano con discapacidad, si lo desea, puede acudir a un notario para dejar por escrito a través de un acta notarial de notoriedad quién le apoya y en qué cosas le ayuda. Este acta notarial ofrece mayor tranquilidad a la entidad bancaria y también puede resultar muy útil para la persona con discapacidad.
Al acudir a la oficina del banco, la persona con discapacidad debe explicar que cuenta con apoyo de otra persona. Además, se debe firmar un documento sencillo para realizar la operación correspondiente.
Hay que tener en cuenta que la figura de ‘la guarda de hecho’ se renueva cada cierto tiempo. Además, sirve para proteger y respetar la voluntad de la persona con discapacidad. Por tanto, se trata de una figura de gran relevancia.
La persona con discapacidad tiene la potestad, además, para elegir qué tipo de apoyo prefiere: Asistencial o representativo. Cada persona puede elegir la opción que más desee.
Junto con todo lo expuesto previamente, es preciso resaltar que hay entidades bancarias que explican todo paso a paso al usuario con discapacidad. En caso de que sea necesario, también acompañan al ciudadano al banco o al notario.
Desde IMPULSA IGUALDAD concluyen que «tu voluntad siempre va primero. Es tu dinero, tu vida y tus decisiones». Al contrario de lo que pueden pensar muchas personas, estas nuevas medidas ayudan a otorgar una mayor autonomía a las personas con discapacidad.






