Desde el 1 de enero de 2027, los trabajadores necesitarán 38 años y 6 meses cotizados para jubilarse a los 65 años, y quienes no lleguen tendrán que esperar a los 67. Además, según el calendario de la Seguridad Social, harán falta 37 años cotizados para cobrar el 100% de la base reguladora. Entre los nacidos de 1960 a 1965, el cambio afectará de lleno a quienes cumplan los 65 a partir de 2027. Cabe recordar que este cambio no es nuevo. Procede de la Ley 27/2011, que fijó una subida progresiva de la edad de jubilación con un periodo transitorio entre 2013 y 2027.
Dos cifras que conviene no confundir
El año que viene habrá dos umbrales distintos, y cada uno sirve para una cosa:
- 38 años y 6 meses cotizados: permiten jubilarse a los 65 años de forma ordinaria.
- 37 años cotizados: dan derecho a aplicar el 100% sobre la base reguladora.
Es decir, una persona puede tener los años necesarios para el porcentaje completo y, aun así, no reunir los exigidos para retirarse a los 65. La base reguladora es la cantidad que resulta de las cotizaciones del trabajador y sobre la que se calcula la pensión. Por eso, cobrar el 100% de esa base no significa cobrar el último sueldo.
Montes Montero resume así el endurecimiento:
«Se han endurecido los requisitos y se abren dos vías».
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El decano explica que seguirá siendo posible retirarse a los 65 años, pero «38 años y medio cotizados». Si el trabajador no los tiene al llegar a esa edad, «tendrá que esperar hasta los 67 para jubilarse», agrega.
Qué le corresponde a cada generación
La edad y la cotización exigidas dependen del año en el que se cumplen los requisitos, no solo de la fecha de nacimiento. Si analizamos el calendario, la situación queda así:
- Nacidos en 1960: cumplieron 65 años en 2025 y podían retirarse a esa edad con 38 años y 3 meses cotizados. Con menos cotización, la edad es de 66 años y 10 meses para quienes la alcanzan en 2026, es decir, los nacidos hasta febrero de 1960. Para el resto serán 67 años.
- Nacidos en 1961: cumplen 65 años en 2026, por lo que pueden jubilarse a esa edad este año con 38 años y 3 meses. Si no se retiran antes del 31 de diciembre, pasarán a necesitar 38 años y 6 meses. Con menos cotización, su edad será de 67 años.
- Nacidos entre 1962 y 1965: se les aplicarán las reglas de 2027. Podrán jubilarse a los 65 años con 38 años y 6 meses cotizados. En caso contrario, tendrán que esperar a los 67.
Quien cumpla los 65 sin el periodo exigido no siempre tendrá que esperar dos años. Si sigue trabajando y alcanza los 38 años y 6 meses antes de los 67, podrá jubilarse ese mismo mes.
Los requisitos que no cambian
Para acceder a una pensión contributiva, la Seguridad Social seguirá exigiendo un mínimo de 15 años cotizados. Al menos dos deben estar dentro de los 15 años anteriores a la jubilación. Ese periodo mínimo da derecho al 50% de la base reguladora.
En cambio, la carrera necesaria para llegar al 100% sí se alarga. Pasará de 36 años y 6 meses en 2026 a 37 años en 2027, y la pensión resultante seguirá limitada por la pensión máxima.
Con todo, a los trabajadores que se acerquen a la jubilación les conviene revisar su vida laboral antes de fijar una fecha de salida. A partir del 1 de enero, unos pocos meses cotizados pueden marcar una diferencia de hasta dos años en la edad de retiro.