Un trabajador de 52 años de edad, que trabajaba como mecánico ajustador, ha obtenido el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta por TOC (Trastorno Obsesivo Compulsivo). El Juzgado de lo Social Nº5 de Oviedo ha sido el organismo judicial encargado de reconocer esta pensión al ciudadano, tras la denegación previa por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Este ciudadano trabajaba como mecánico ajustador, una profesión que requiere de precisión, atención y concentración constante. Sin embargo, con el paso de los años, este trabajador empezó a desarrollar un Trastorno Obsesivo Compulsivo (TOC).
El Trastorno Obsesivo Compulsivo (TOC) llevaba a este trabajador «a comprobar repetidamente su trabajo, obsesionándose con que un fallo suyo podría tener graves consecuencias para terceros», tal y como informan los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’.
Limitaciones para desarrollar la actividad laboral
Las obsesiones y compulsiones de este trabajador le impedían desarrollar su trabajo con normalidad. Desde ‘Velázquez & Villa Abogados’ explican que «necesitaba revisar cada tarea de manera repetitiva, padeciendo ansiedad constante ante la idea de haber cometido un error».
Además, desde el mencionado despacho de abogados indican que «los rituales compulsivos consumían tanto tiempo y energía que le resultaba imposible mantener un rendimiento laboral estable».
Cuando la situación se volvió insoportable, este trabajador decidió solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente. Sin embargo, desde el INSS rechazaron la solicitud y argumentaron que este ciudadano podía solicitar cualquier trabajo.
Frente a la desesperación, su familia acudió al despacho de ‘Velázquez & Villa Abogados’ en busca de una posible solución. A través de su cuenta oficial de Instagram (@velazquezyvillaabogados), desde este bufete de abogados han desvelado el caso de este trabajador.
Incapacidad permanente absoluta por la vía judicial
Los profesionales de ‘Velázquez & Villa Abogados’ valoraron las dolencias del trabajador, sus obsesiones y tratamientos. Posteriormente, presentaron una demanda contra el INSS por la vía judicial reclamando el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta para su cliente.
El Juzgado de lo Social Nº5 de Oviedo estimó la demanda presentada y le reconoció a este trabajador el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta. Así, se le ha reconocido una pensión con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora y con 14 pagas anuales.
La Seguridad Social le denegó todo grado de incapacidad permanente. No obstante, el juez determinó que sus limitaciones ocasionadas por el Trastorno Obsesivo Compulsivo no solo afectaban a su profesión habitual, sino que le limitaban para desarrollar cualquier otra actividad laboral.
Esta sentencia judicial pone de manifiesto que sí es posible obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta por Trastorno Obsesivo Compulsivo, aunque cada caso merece ser analizado de forma particular.
En este sentido, desde el Hospital Universitario Bellvitge explican que «el TOC se caracteriza por la presencia de obsesiones y compulsiones. Las obsesiones son pensamientos, imágenes o impulsos que la persona experimenta de manera involuntaria y repetitiva, causándole un gran malestar». El Trastorno Obsesivo Compulsivo es considerado una enfermedad mental que puede afectar de manera considerable al paciente en su día a día.






