El contrato de alquiler o arrendamiento es un documento que protege a casero e inquilino, y evita situaciones y problemas en el futuro. A pesar de que mantiene la estabilidad del acuerdo, a veces puede romperse debido a causas legales antes de tiempo.
En este artículo, te vamos a contar cuáles son las tres razones más comunes por las que un contrato de arrendamiento finaliza. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece ciertos supuestos en los que esta acción es completamente legal, siempre que se respeten los plazos y requisitos establecidos.
Razones que permiten al casero romper el contrato de alquiler
Por norma general, se cree que el contrato de alquiler solo puede romperlo el inquilino. No obstante, existen condiciones que permiten al casero finalizar el acuerdo antes de tiempo. De hecho, existen motivos legales que dan la opción de acabar el acuerdo firmado.
En primer lugar, el casero puede rescindir el contrato si necesita usar la vivienda arrendada como residencia habitual. Esto puede ser para él mismo, su cónyuge (en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial) o un familiar en primer grado (hijos o padres), a pesar de que el contrato esté en vigor.
Eso sí, para que sea legal, deben haber pasado al menos un año desde el inicio del contrato, el propietario debe avisar con al menos dos meses de antelación, y el uso debe ser efectivo en los tres meses siguientes a la salida del inquilino. Además, esta posibilidad solo está disponible para arrendadores que sean personas físicas, nunca para empresas o sociedades, y debe haberse recogido expresamente en el contrato desde el momento de la firma; si esa cláusula no se pactó por escrito, el propietario no podrá invocar esta causa por mucho que se cumplan los demás plazos.
Otros motivos para finalizar el contrato
Además, el casero puede decidir finalizar el contrato de alquiler si se incumplen ciertas condiciones por parte del inquilino. Por ejemplo, no pagar el alquiler o los suministros, subarrendar la vivienda sin permiso, o realizar actividades ilegales o molestas.
En este caso, el propietario debe acudir a la vía judicial para solicitar el desahucio. La ley protege al arrendador si se demuestra que el inquilino ha vulnerado lo pactado en el contrato.
Por otro lado, también puede decidir no renovar el contrato una vez cumplido el plazo mínimo de duración fijado por la ley. En España, la LAU establece como duración mínima obligatoria cinco años para los contratos con arrendador persona física (o siete, si el arrendador es una empresa); superado ese plazo, el contrato se prorroga automáticamente por periodos de tres años salvo que alguna de las partes comunique lo contrario.
Para que este proceso sea completamente legal, el propietario debe haber avisado al inquilino con cuatro meses de antelación a la fecha de fin del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. Además, no deben existir otros acuerdos adicionales de prórroga.




