Las familias con rentas bajas y menores a cargo pueden percibir hasta 115 euros mensuales por cada hijo gracias al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI), una prestación de la Seguridad Social que forma parte del Ingreso Mínimo Vital (IMV) pero que también se concede de manera independiente. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 lanzó el pasado mes de mayo una campaña para darla a conocer precisamente porque buena parte de los hogares que cumplen los requisitos sigue sin solicitarla. La clave: sus límites de renta y patrimonio son más amplios que los del IMV.
Es decir, una familia puede quedar fuera del Ingreso Mínimo Vital por superar sus umbrales y, aun así, tener derecho a este complemento por cada menor que viva en el domicilio. Ese es el principal malentendido que explica el desconocimiento generalizado sobre la ayuda.
Cuánto se cobra por cada hijo
El importe no es único: depende del número de menores que integren la unidad de convivencia y de la edad que tuvieran a 1 de enero de cada año. Los tramos vigentes son estos:
- Menores de 3 años: 115 euros al mes.
- De 3 a 6 años: 80,50 euros al mes.
- De 6 a 18 años: 57,50 euros al mes.
Conviene tener en cuenta que la cuantía se abona por cada menor, de modo que un hogar con varios hijos suma los importes correspondientes a cada tramo de edad. El pago se prolonga mientras se mantenga la situación de vulnerabilidad económica y sigan cumpliéndose las condiciones que dieron origen al derecho.
Requisitos: los del IMV más tres límites propios
Según la información publicada por la Revista de la Seguridad Social, tienen derecho al complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros y que cumplan los requisitos generales del Ingreso Mínimo Vital, además de los umbrales específicos fijados para el CAPI en tres apartados: ingresos computables, patrimonio neto y test de activos.
Calcular a ojo si una familia encaja en esos límites resulta complicado, ya que intervienen tanto los ingresos del año anterior como el patrimonio del hogar. Para evitar cálculos, la propia Seguridad Social permite hacer una simulación previa y presentar la solicitud en su portal del IMV, sin necesidad de acudir a una oficina.
La obligación que muchos beneficiarios pasan por alto
Hay una consecuencia que suele quedar en segundo plano y que conviene subrayar: todos los beneficiarios del IMV, incluidos quienes solo cobran el complemento de ayuda para la infancia, están obligados a presentar cada año la declaración del IRPF.
Esa obligación es independiente del nivel de ingresos del hogar. Dicho de otro modo: aunque la familia no llegue a los mínimos que normalmente eximen de declarar, el hecho de percibir la prestación activa el deber de presentar la declaración de la renta. No hacerlo puede poner en riesgo el cobro.
Con qué otras ayudas es incompatible
El CAPI arrastra el mismo cuadro de incompatibilidades que el Ingreso Mínimo Vital, y ello también cuando se percibe de forma independiente. A esto se añade un supuesto que afecta de manera directa a las familias con hijos con discapacidad:
- Cualquier prestación o ayuda incompatible con el IMV lo será igualmente con el complemento.
- El complemento es incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con una discapacidad inferior al 33%.
Por el contrario, la asignación por hijo a cargo con discapacidad igual o superior al 33% no aparece entre esos supuestos de incompatibilidad, un matiz relevante para los hogares que ya cobran prestaciones vinculadas a la discapacidad y que conviene confirmar caso por caso antes de tramitar la solicitud.
Con todo, el mensaje que el Ministerio quiso lanzar en su campaña sigue vigente: existe una ayuda mensual por hijo que no exige cobrar el IMV y que miles de familias con ingresos bajos podrían estar dejando de percibir simplemente por no haberla pedido. Comprobarlo, mediante el simulador oficial, no cuesta más que unos minutos.




