Un trabajador logra una incapacidad permanente de 3.500 euros al mes por migraña crónica: «No basta con tener el diagnóstico»

Los abogados del despacho ‘Juristas-Laboralistas’ han informado sobre un nuevo caso en el que se ha reconocido a un trabajador una pensión de incapacidad permanente por migraña crónica. Así, este trabajador tendrá derecho a percibir una pensión de 3.500 euros al mes.

Desde el Hospital Clínica Asturias argumentan que «las migrañas crónicas afectan la calidad de vida y, en ocasiones, resultan tan incapacitantes que impiden realizar actividades diarias con normalidad». De este modo, una migraña crónica también puede ser altamente incapacitante en el ámbito laboral.

Incapacidad permanente de 3.500 euros al mes

En este caso, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha determinado que el trabajador cumple con los requisitos para tener derecho a una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común, a causa de una migraña crónica. Desde ‘Juristas-Laboralistas’ comentan que dicho trabajador podrá percibir una pensión con una cuantía de 3.500 euros al mes.

«La migraña crónica puede llegar a ser tan limitante que impida trabajar con normalidad, y cuando está bien acreditada, puede dar lugar a una incapacidad permanente absoluta», manifiestan los profesionales del despacho ‘Juristas-Laboralistas’.

Cada caso de incapacidad permanente es particular y se debe analizar de forma personal. Dos personas con migrañas crónicas pueden obtener dos resoluciones diferentes sobre incapacidad permanente, ya que en este proceso intervienen diferentes factores.

Con todo ello, los abogados del bufete ‘Juristas-Laboralistas’ advierten que para obtener una incapacidad permanente absoluta por migraña crónica «no basta con tener el diagnóstico». En este sentido, manifiestan que «lo decisivo es probar cómo afecta realmente a tu capacidad laboral».

Beneficios de una incapacidad permanente absoluta

Tal y como hemos comentado anteriormente, en este caso, el trabajador ha obtenido el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta por enfermedad crónica. Tener derecho a una incapacidad absoluta implica una serie de beneficios para el ciudadano.


En primer lugar, el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta conlleva el derecho a percibir una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador. El importe de esta prestación se actualiza cada año en función del IPC (Índice de Precios al Consumo) del año anterior.

Al derivar la incapacidad permanente absoluta de enfermedad común, el trabajador de este caso tendrá derecho a percibir 14 pagas durante el año. Es decir, cobrará doce mensualidades ordinarias y dos pagas extraordinarias.

Otra de las ventajas de la pensión de incapacidad permanente absoluta es que no tributa por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), algo que no ocurre con las pensiones de incapacidad permanente total.

En cualquier caso, las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente absoluta deben conocer que esta prestación no es compatible con el desarrollo de ninguna actividad laboral. La realización de cualquier trabajo puede poner en riesgo el derecho a seguir percibiendo la prestación.

De hecho, la incapacidad permanente absoluta se reconoce porque el trabajador tiene limitaciones para desarrollar cualquier profesión u oficio a causa de una lesión o enfermedad. En este caso, se ha reconocido a un ciudadano por las limitaciones que le generan los efectos de la migraña crónica.