Víctor Arpa, abogado, avisa a quienes cobran una incapacidad permanente total: el INSS puede haberte concedido un grado inferior al que te corresponde

Víctor Arpa, abogado especialista en incapacidad permanente, ha lanzado una advertencia dirigida a los trabajadores que ya perciben una pensión de incapacidad permanente total. Según explica a través de su perfil de TikTok, el grado que concede el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) no siempre se ajusta a la situación real del beneficiario.

El letrado pone el foco en aquellos casos en los que el trabajador tiene reconocida la incapacidad permanente total, pero sus limitaciones le impiden desempeñar incluso un empleo más sencillo que el suyo. En estos supuestos, recuerda Arpa, existe la posibilidad de optar a la incapacidad permanente absoluta.

Qué diferencia la incapacidad permanente total de la absoluta

La incapacidad permanente total se concede cuando las secuelas de una enfermedad o de una lesión impiden al trabajador realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual. Sin embargo, este grado sí le permite dedicarse a otra actividad diferente, siempre que sea compatible con sus limitaciones.

Por su parte, la incapacidad permanente absoluta se reconoce cuando la persona no puede ejercer ningún tipo de profesión u oficio. Así lo recoge la normativa de la Seguridad Social, que contempla además otros dos grados: la incapacidad permanente parcial y la gran incapacidad.

Del 55% al 100% de la base reguladora

La diferencia económica entre ambos grados es notable. Con la incapacidad permanente total, el trabajador cobra por norma general el 55% de su base reguladora. Este porcentaje puede elevarse hasta el 75% en el caso de la conocida como incapacidad permanente total cualificada, pensada para mayores de 55 años que no trabajan y que tienen más complicado volver a encontrar un empleo.

En cambio, la incapacidad permanente absoluta da derecho a percibir el 100% de la base reguladora. No obstante, Víctor Arpa aclara que esto «no significa necesariamente el 100% de tu último sueldo», ya que la base reguladora se calcula a partir de las cotizaciones del trabajador y varía en función del grado reconocido.

Qué hay que demostrar para conseguir la absoluta

Arpa insiste en que el camino hacia la incapacidad permanente absoluta no es sencillo. «No basta con decir ‘no puedo trabajar’ ni con acumular diagnósticos», advierte el abogado. Lo determinante es acreditar de qué manera las enfermedades afectan al día a día del trabajador.

Para ello, el letrado detalla algunos de los aspectos que se deben probar: cuánto tiempo puede permanecer sentada la persona, si necesita tumbarse, si el dolor le impide concentrarse o si es capaz de mantener una jornada laboral con regularidad.

En este sentido, los informes médicos y periciales cobran un papel fundamental, ya que permiten demostrar ante el INSS o ante los tribunales que las limitaciones impiden cualquier tipo de trabajo, y no solo la profesión habitual.

Más de un millón de pensiones cada mes

La Seguridad Social abona cada mes más de un millón de pensiones de incapacidad permanente, una buena parte de ellas en grado total o absoluto. Por ello, el aviso de Víctor Arpa afecta a un número importante de beneficiarios que podrían estar cobrando menos de lo que les corresponde.

El trabajador que considere que su grado no es el adecuado puede solicitar una revisión de grado por agravamiento ante el INSS o, si la resolución es reciente, presentar una reclamación previa y acudir después a la vía judicial. Eso sí, hay que tener en cuenta que cada caso es diferente y que intervienen numerosos factores, por lo que conviene contar con asesoramiento especializado antes de dar el paso.