Si pides la revisión de tu grado de discapacidad por empeoramiento y te valoran a la baja en la Comunitat Valenciana, se mantiene el grado anterior

Uno de los principales temores de las personas con discapacidad a la hora de pedir una revisión de su grado es que la nueva valoración termine reconociendo un porcentaje inferior al que ya tenían. En la Comunitat Valenciana, sin embargo, existe una garantía importante para estos casos.

Así lo recoge la Instrucción 4/2024 de la Generalitat Valenciana, que regula el funcionamiento de los Centros de Valoración y Orientación de la Discapacidad (CVOD), los organismos encargados de valorar y reconocer el grado de discapacidad en la comunidad.

Qué ocurre si la revisión rebaja el grado

La instrucción establece que, cuando una persona con un grado de discapacidad de carácter definitivo solicita la revisión porque su situación ha empeorado o ha cambiado de forma sustancial, pueden darse dos situaciones:

  • Si la nueva valoración da como resultado un grado superior, se dicta una nueva resolución con el porcentaje que figure en el dictamen.
  • Si la nueva valoración da como resultado un grado inferior, se mantiene la situación reconocida previamente.

En la práctica, esto significa que pedir la revisión por agravamiento no supone un riesgo de perder porcentaje para quienes tienen un grado definitivo en la Comunitat Valenciana.

Las revisiones de oficio sí pueden rebajar el porcentaje

Ahora bien, esta garantía no se aplica a todas las revisiones. La normativa contempla también las revisiones de oficio, que inicia la propia Administración. En el caso de los grados revisables, la Conselleria debe comunicar el inicio de la revisión con tres meses de antelación a la fecha prevista. Si ese plazo vence sin que se haya realizado la revisión, se mantiene el grado reconocido.

Además, la Administración puede iniciar una revisión de oficio cuando tiene conocimiento de circunstancias que pueden hacer que el grado baje del 33% o cruce otros umbrales importantes para acceder a medidas de acción positiva, como el 45%, el 65% o el 75%. En estos casos, el resultado sí puede suponer una rebaja del porcentaje.

Quién tiene prioridad en los CVOD

La instrucción también fija los colectivos que deben ser valorados con prioridad. Entre ellos se encuentran los menores de edad, las personas en situación paliativa, quienes padecen enfermedades con consecuencias severas, como las neurodegenerativas o el daño cerebral adquirido, las personas en riesgo de exclusión social, las víctimas de violencia de género y quienes tienen una oferta de empleo firme pendiente de la revisión.

Asimismo, en las solicitudes presentadas por la persona interesada, el grado reconocido tiene efectos desde la fecha de la solicitud.

Estas garantías llegan en un momento en el que la Generalitat intenta reducir los tiempos de espera. Según los datos de la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia, durante el primer semestre de 2026 se valoraron 525.415 solicitudes y la lista de espera se redujo un 2%, gracias al refuerzo de personal y a la herramienta digital REDIS.