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El BOE publica el decreto que amplía la jubilación anticipada a 11 enfermedades o patologías, como la espina bífida

El Real Decreto 632/2026 entró en vigor el 31 de julio y beneficiará a unas 50.000 personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %.

Francisco Zuasti
02/08/2026 16:00
Discapacidad
Jubilación anticipada por espina bífida

Jubilación anticipada por espina bífida./ Licencia Adobe Stock

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Los trabajadores con espina bífida pueden acceder desde el pasado 31 de julio a la jubilación anticipada a partir de los 56 años siempre que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 45 %. Así lo recoge el Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el día 30, que modifica el anexo del Real Decreto 1851/2009 e incorpora diez nuevas patologías al listado, además de ampliar el supuesto de lesión medular. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones calcula que la medida alcanzará a unas 50.000 personas.

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La Asociación Madrileña de Espina Bífida (AMEB) ha celebrado la publicación de la norma y la ha calificado como la respuesta a una reivindicación histórica del movimiento asociativo, sostenida durante años sobre informes médicos y estudios científicos. Cabe recordar que el texto fue aprobado en el Consejo de Ministros del 28 de julio a propuesta de los ministerios de Inclusión y de Derechos Sociales, y con dictamen previo del Consejo de Estado.

Qué patologías se incorporan al listado

El anexo del Real Decreto 1851/2009 no es una lista cerrada: la normativa permite ampliarlo con aquellas enfermedades que reducen de forma generalizada y apreciable la esperanza de vida. Una Comisión Técnica de especialistas médicos y científicos informó a favor de las nuevas incorporaciones y la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social resolvió sobre cada una de ellas el 23 de enero de 2026.

Estas son las patologías que se suman al anexo:

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  1. Espina bífida
  2. Enfermedad de Parkinson
  3. Enfermedad de Huntington
  4. Amiloidosis por transtiretina variante
  5. Distrofia miotónica tipo 1 o enfermedad de Steinert
  6. Degeneración corticobasal
  7. Atrofia multisistémica
  8. Parálisis supranuclear progresiva
  9. Esclerosis sistémica
  10. Enfermedad renal crónica en estadio G5

A esas diez se añade la modificación del apartado relativo a la lesión medular, que a partir de ahora comprende tanto los casos de origen traumático —los únicos reconocidos hasta ahora— como los no traumáticos. Es decir, el Gobierno contabiliza once nuevos supuestos con derecho a adelantar la edad de jubilación. Asimismo, la norma crea una nueva categoría de «enfermedades sistémicas» en la que se integran la esclerosis sistémica y la enfermedad renal crónica avanzada.

Requisitos: no basta con figurar en la lista

Aparecer en el anexo no otorga automáticamente el derecho a la pensión. Según ha detallado el Ministerio de Inclusión, para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad hay que estar en situación de alta o asimilada al alta, acreditar 15 años cotizados y que durante al menos 5 de esos años la persona se haya visto afectada por alguna de las patologías del anexo con un grado de discapacidad del 45 % o superior.

En estos casos, el periodo en el que se reduce la edad de jubilación computa como cotizado a efectos del cálculo del importe de la pensión. Por el contrario, la norma no tiene efectos retroactivos: solo se aplica a los hechos causantes producidos a partir del 31 de julio de 2026, por lo que las solicitudes anteriores quedan fuera.

Desde AMEB subrayan además dos mejoras que facilitan el acceso a este derecho: la reducción de 15 a 5 años del periodo durante el que debe acreditarse el grado de discapacidad y la posibilidad de alcanzar ese 45 % sumando varias patologías, siempre que la espina bífida suponga al menos un 33 %.

Un derecho conquistado desde el movimiento asociativo

La entidad madrileña atribuye el avance al trabajo coordinado de COCEMFE y de la Federación Española de Asociaciones de Espina Bífida e Hidrocefalia (FEBHI) junto a sus asociaciones miembro, que durante años han recopilado evidencia sobre el desgaste físico y el envejecimiento prematuro asociados a esta malformación congénita.

«La publicación de este Real Decreto supone una excelente noticia para nuestro movimiento asociativo y un paso más hacia una sociedad que reconoce y protege los derechos de las personas con discapacidad», destaca Eva Mª Estúñiga, gerente de AMEB.

La ministra de Inclusión, Elma Saiz, defendió por su parte que miles de personas con enfermedades graves que condicionan su desempeño laboral contarán ahora «con una especial protección que haga justicia y equipare sus posibilidades con las del resto de la población trabajadora».

AMEB continuará orientando a las familias sobre el alcance de la medida y remite a la información publicada por FEBHI en su portal Acércate a la Espina Bífida. Con todo, el propio Real Decreto recuerda que el anexo está sujeto a revisión periódica, de modo que otras patologías podrían incorporarse en futuras actualizaciones si la evidencia médica lo respalda.

Francisco Zuasti

Francisco Zuasti

Experto en accesibilidad universal y discapacidad en Tododisca. Lesionado medular con un 90% de grado de discapacidad desde el 2008 y con un grado 3 de dependencia. Deportista adaptado en la modalidad de tenis de mesa y handbike, quedando tercero en campeonato de España. Master en Accesibilidad Universal y diseño para todos de la Universidad Internacional de Cataluña (UIC). Empresario y CEO de Tododisca, Goframa y Grupo Iniciativas. Premio mejor autónomo de España en 2025 por la Federación Nacional de Autónomos (ATA)

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