La incapacidad temporal tiene un calendario legal muy preciso y muchos trabajadores lo descubren cuando ya están dentro. La baja dura 365 días, prorrogables por otros 180 si se prevé curación, lo que suma 545 días. A partir del día 365 el control ya no lo lleva el médico de familia ni la mutua: pasa al INSS, que es el único competente para prorrogar, dar el alta o iniciar el expediente de incapacidad permanente.
Qué puede decidir el organismo
- Prorrogar la baja hasta el día 545 cuando se espera recuperación.
- Dar el alta médica por curación o por mejoría que permita trabajar.
- Iniciar el expediente de incapacidad permanente y citar al equipo de valoración.
- Acordar una demora de la calificación cuando el cuadro clínico aún puede evolucionar, dentro de los límites que fija la ley.
El alta que llega antes de la resolución
Uno de los momentos más delicados es el alta emitida por el INSS mientras el trabajador sigue con síntomas. La empresa puede exigir la reincorporación desde esa fecha, aunque el afectado discrepe.
Frente a esa decisión existe un procedimiento específico de disconformidad con plazos muy cortos. Es decir, reaccionar en días, no en semanas, es lo que marca la diferencia.
Qué se cobra durante la prórroga
Durante todo el proceso se mantiene el subsidio de incapacidad temporal, con el porcentaje que corresponda según la contingencia y el convenio aplicable. A partir del día 365 el pago suele pasar a abonarse directamente por la entidad gestora.
Cabe recordar que estos periodos se consideran situación asimilada al alta a efectos de la futura pensión, de modo que no rompen la carrera de cotización.
Del día 545 en adelante
Si el INSS no ha resuelto y el trabajador continúa sin capacidad para su puesto, el expediente de incapacidad permanente es el cauce natural. La resolución puede reconocer una incapacidad permanente total, con el 55% de la base reguladora, una absoluta, con el 100%, o denegar el grado.
Cuando la respuesta es negativa, la reclamación previa en 30 días abre la vía judicial, un camino que ha revertido casos como el de quien logró la pensión del 100% tras 18 meses de baja. La información oficial está en el portal de prestaciones de la Seguridad Social.




