El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana tramita una modificación del Código Técnico de la Edificación que permitiría proyectar centros de trabajo sin aseo ni vestuario accesibles para la plantilla cuando sus zonas privadas no superen los 100 metros cuadrados útiles y su ocupación no pase de 10 personas. El alcance no es marginal: según el Directorio Central de Empresas (DIRCE) del INE, en enero de 2025 el 95,1 % de las empresas españolas tenía menos de diez trabajadores. La confederación IMPULSA IGUALDAD ha reclamado este 3 de septiembre la retirada del texto.
Cabe recordar que el documento afectado es el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB SUA), la parte del Código Técnico que fija qué condiciones de accesibilidad debe cumplir un edificio antes incluso de levantarse. Es decir: lo que hoy se exige de serie en el diseño pasaría a ser opcional en buena parte del parque de oficinas y locales.
Qué dice exactamente la excepción que se estudia
La modificación introduce un supuesto nuevo para los centros de trabajo de uso privado, que quedarían liberados de la obligación siempre que se cumplan a la vez dos condiciones:
- Que las zonas privadas del centro no superen los 100 m² útiles.
- Que la ocupación calculada conforme al DB SI 3 —el documento básico de seguridad en caso de incendio, que fija cuántas personas se atribuyen a cada espacio— no exceda de 10 personas.
Traducido a la práctica, una oficina de 100 metros cuadrados con diez empleados trabajando a la vez podría construirse sin un aseo utilizable por toda su plantilla. El baño existiría y daría servicio al equipo, salvo a quien se desplace en silla de ruedas.
El umbral coincide justo con el grueso del tejido empresarial
El detalle que convierte una excepción técnica en un problema de escala es el número: 95,1 %. Ese es el porcentaje de empresas españolas que se sitúa por debajo de los diez trabajadores contratados, de acuerdo con el registro del INE. Se trata, además, del tramo donde se concentra la mayor parte del empleo del país.
Si analizamos los datos, la consecuencia es directa. Retirar la exigencia precisamente en ese segmento no deja fuera a un puñado de locales singulares: afecta a la inmensa mayoría de los centros de trabajo del país y estrecha, de entrada, las opciones de las personas con discapacidad para entrar en el mercado laboral y permanecer en él.
De la accesibilidad por diseño al ajuste a demanda
Para IMPULSA IGUALDAD, la reforma supone un retroceso normativo. La organización sostiene que rebaja con carácter general —sin obligar a motivar caso por caso— una condición que hoy es exigible desde el proyecto y la construcción del edificio, y que además lo hace sin plantear ninguna alternativa equivalente.
El efecto, advierte la entidad, se traslada al trabajador. La persona con discapacidad tendría que revelar su situación, pedir formalmente una adaptación y aguardar a que se tramite, y todo ello en el peor momento posible: cuando busca empleo o intenta conservarlo.
«Una oficina no empieza a necesitar un aseo accesible cuando contrata a una persona con discapacidad: lo necesita desde que se diseña. Construir primero la barrera y ofrecer después un posible ajuste no es accesibilidad, es trasladar a la persona el coste de una exclusión que podía haberse evitado»
Así lo ha resumido Francisco Sardón, presidente de la Confederación IMPULSA IGUALDAD España.
Qué puede pasar ahora
El proyecto de modificación sigue en fase de tramitación en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, de modo que el texto todavía puede corregirse antes de su aprobación definitiva. IMPULSA IGUALDAD no pide una matización ni un periodo transitorio: reclama la retirada completa del supuesto que abre la puerta a los centros de trabajo sin aseo accesible. La decisión determinará si la accesibilidad en el empleo se garantiza desde el plano o queda condicionada, oficina por oficina, a que alguien tenga que pedirla.




