La Policía Local ha abierto diligencias contra un hombre por utilizar de forma indebida una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (PMR). La tarjeta pertenecía a un familiar que había fallecido meses atrás.
Una tarjeta que ya no era válida
Una patrulla localizó el vehículo estacionado en una plaza reservada de un centro comercial. Al revisar la tarjeta, los agentes comprobaron que la persona titular constaba como fallecida. La tarjeta debería haberse devuelto tras el fallecimiento.
El uso de estas tarjetas es personal e intransferible. Solo puede utilizarlas la persona titular y únicamente cuando viaja en el vehículo, sea como conductora o como pasajera.
Un fraude que la policía persigue en toda España
Casos como este se repiten en distintos puntos del país. Algunas personas utilizan tarjetas de familiares fallecidos, fotocopias o incluso documentos falsificados para aparcar gratis o en zonas reservadas.
Las asociaciones de personas con discapacidad insisten en un mensaje sencillo: «Cuando ocupas una plaza que no te corresponde, hay alguien que no puede aparcar».
Multas y consecuencias
Aparcar sin derecho en una plaza PMR puede acarrear multas de hasta 200 euros, según las ordenanzas municipales. En los casos de falsificación o uso de una tarjeta ajena, las consecuencias pueden agravarse y derivar en un delito de falsedad documental.
Qué dice la normativa
La tarjeta PMR está regulada por el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre (BOE-A-2014-13362), que fija las condiciones básicas de emisión y uso en todo el territorio nacional. La norma define la tarjeta como un documento público que acredita el derecho de la persona titular a estacionar cerca de su destino, y establece su carácter personal, ligado a la persona y no al vehículo. El desarrollo concreto y el régimen sancionador corresponden a cada comunidad autónoma y ayuntamiento, por lo que conviene consultar la ordenanza municipal correspondiente.




