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Tododisca » Discapacidad

Una madre denuncia que en los conciertos el acompañante de una persona en silla de ruedas debe sentarse delante de ella, y no a su lado

Una lectora de 'Tododisca' relata en un correo a la redacción su experiencia en seis recintos de conciertos y señala tres —A Coruña, Bilbao y Avilés— donde asegura que su hija, usuaria de silla de ruedas, «no ve absolutamente nada».

Francisco Zuasti
26/07/2026 11:39
Discapacidad
Una madre denuncia que en los conciertos el acompañante de una persona en silla de ruedas debe sentarse delante de ella, y no a su lado: «Nuestras personas tienen que estar solas»

Una madre denuncia que en los conciertos el acompañante de una persona en silla de ruedas debe sentarse delante de ella, y no a su lado: «Nuestras personas tienen que estar solas» - Esta imagen no corresponde a la noticia

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Una madre de una joven usuaria de silla de ruedas ha denunciado que en el Coliseum de A Coruña las plazas reservadas a personas con movilidad reducida (PMR) están ubicadas en «un pasillo de paso» y que el acompañante debe sentarse en la grada, delante de la persona a la que acompaña, y no a su lado. Así lo cuenta en un correo remitido a la redacción de ‘Tododisca’, en el que también señala el BEC de Bilbao y el exterior del Pabellón de La Magdalena, en Avilés, como recintos donde, afirma, su hija se queda sin ver el espectáculo por el que ha pagado.

Cabe recordar que se trata del testimonio de una lectora, que escribe a título particular y que no facilita el nombre de los promotores ni las fechas concretas de los conciertos. Su relato, sin embargo, coincide con una queja recurrente del colectivo: la de que la accesibilidad en los grandes recintos musicales se resuelve muchas veces con una tarima improvisada o un hueco en un corredor, y no con una ubicación con visibilidad garantizada.

Un mapa muy desigual: del Metropolitano al pasillo de A Coruña

La autora del correo distingue con claridad entre los recintos donde la experiencia fue buena y aquellos en los que, sostiene, no lo fue. En el Auditorio Príncipe Felipe de Oviedo estuvieron «en primera fila, súper bien situadas y juntas». Lo mismo, explica, ocurrió en el Estadi Olímpic de Barcelona y en el Metropolitano de Madrid, donde pudieron permanecer juntas «y sin la posibilidad de que nadie se pusiera delante».

El problema, según su relato, aparece en el resto de los casos:

  • Exterior del Pabellón de La Magdalena (Avilés): una plataforma con numerosas personas en silla de ruedas y los acompañantes situados detrás de ellas.
  • BEC (Bilbao): madre e hija sí pudieron estar juntas, pero en un pasillo con «cero visibilidad», porque el público de delante se levantaba a bailar y por el corredor circulaba gente de forma continua.
  • Coliseum (A Coruña): zona de paso, acompañante obligado a sentarse en la grada delante de la persona con discapacidad y, de nuevo, público de pie tapando por completo la vista.

«Al final pagas para quedarte tal cual con la miel en los labios, porque vas ilusionada para ver el show», resume.

El fondo del asunto: un solo acompañante y, además, separado

Más allá de la visibilidad, la queja apunta a un segundo elemento: la separación física entre la persona con discapacidad y su acompañante. La lectora recuerda que en muchos recintos solo se permite una persona de apoyo por entrada adaptada y considera que, si esa es la norma, el mínimo exigible es que esa persona pueda situarse al lado.

«Ya es bastante triste que las personas de PMR solo puedan llevar una persona de acompañante; pues por lo menos que esa persona esté al lado disfrutando del show y no delante o detrás, porque así se sienten totalmente solas».

Es decir: la reserva de plaza existe, pero su configuración vacía de contenido el derecho que pretende garantizar. «Son personas dependientes, solo eso, pero son personas con ganas de disfrutar como el resto», insiste en su escrito, en el que califica la situación de «insostenible» y «humillante».

Qué dice la normativa sobre los conciertos y los recintos

El marco de referencia en España es el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, que regula las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público. Entre otras cuestiones, su artículo 11 reconoce el derecho de los asistentes personales y otras personas de apoyo a acceder acompañando a la persona con discapacidad sin sobrecoste, y el artículo 12 regula la atención preferente en servicios de concurrencia pública que impliquen esperas.

La misma norma introdujo además una nueva letra f) en el artículo 51 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Real Decreto 2816/1982), que obliga a no discriminar a las personas usuarias por razón de discapacidad, entendiendo por discriminación cualquier distinción, exclusión o restricción «que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones», de sus derechos.

Asimismo, el real decreto fija un calendario de exigibilidad por tramos, con el 1 de enero de 2025 como fecha de aplicación para los bienes y servicios nuevos de titularidad pública. Buena parte de los recintos citados en el correo son instalaciones de titularidad municipal o pública, un dato relevante a la hora de reclamar. Puedes ampliar este punto en nuestro artículo sobre las obligaciones de accesibilidad que ya son exigibles a comercios y servicios.

¿Qué se puede hacer ante una situación así?

La lectora termina su correo con dos preguntas directas: «¿Qué podemos hacer?» y «¿Hasta dónde vamos a dejar pasar esta situación?». Las vías habituales de reclamación son estas:

  1. Solicitar la hoja de reclamaciones en el propio recinto el día del concierto, dejando constancia por escrito de la ubicación asignada y de la imposibilidad de ver el espectáculo.
  2. Reclamar al promotor y a la plataforma de venta de entradas, ya que la entrada adaptada se vende como un producto con unas condiciones concretas.
  3. Presentar la queja ante la administración titular del recinto (ayuntamiento o entidad gestora) y ante los servicios de consumo autonómicos.
  4. Acudir a la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS) o a las entidades del movimiento asociativo, que pueden canalizar denuncias colectivas por discriminación.
  5. Documentar el caso con fotografías de la ubicación, la entrada y la comunicación con el recinto, un material determinante si el asunto acaba en vía administrativa o judicial.

Con todo, el propio testimonio deja claro que la solución que reclama no es económica ni compleja: se trata de ubicar las plazas PMR en zonas donde nadie pueda situarse delante y de permitir que el acompañante se siente junto a la persona a la que acompaña. Dos ajustes que, como demuestran sus propias experiencias en Oviedo, Barcelona y Madrid, ya se aplican en algunos recintos.

«Las personas de PMR tienen unos derechos, pero en muchos conciertos se los pisotean».

Francisco Zuasti

Francisco Zuasti

Experto en accesibilidad universal y discapacidad en Tododisca. Lesionado medular con un 90% de grado de discapacidad desde el 2008 y con un grado 3 de dependencia. Deportista adaptado en la modalidad de tenis de mesa y handbike, quedando tercero en campeonato de España. Master en Accesibilidad Universal y diseño para todos de la Universidad Internacional de Cataluña (UIC). Empresario y CEO de Tododisca, Goframa y Grupo Iniciativas. Premio mejor autónomo de España en 2025 por la Federación Nacional de Autónomos (ATA)

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