El Congreso de los Diputados aprobó el 14 de julio de 2026 la reforma de la Ley de la Dependencia y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad. Entre las medidas aprobadas, se reconoce expresamente la accesibilidad universal como un derecho.
Esta reforma supone un paso hacia adelante en materia de inclusión y protección de los derechos de las personas con discapacidad. En esta ocasión, nos vamos a centrar en el reconocimiento de la accesibilidad universal como un derecho exigible.
La accesibilidad universal como derecho exigible
Desde COCEMFE (Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica) señalan que «la reforma también incluye medidas dirigidas a reforzar los derechos de las personas con discapacidad, como el reconocimiento de la accesibilidad universal como un derecho exigible, una mayor protección frente a la discriminación y el desarrollo normativo del artículo 49 de la Constitución».
El reconocimiento de la accesibilidad universal como un derecho tiene varias implicaciones. Por ejemplo, las administraciones deberán impulsar actuaciones de accesibilidad y se facilitarán ayudas para eliminar barreras arquitectónicas en determinados entornos.
Otro aspecto fundamental en relación a la accesibilidad universal como derecho, es que se modifica la Ley de Propiedad Horizontal en España. Dicha modificación permitirá la ejecución de obras de accesibilidad en edificios de vivienda, por lo que se refuerza el derecho de las personas con discapacidad a permanecer en su hogar.
Según argumentan desde COCEMFE, la falta de accesibilidad sigue siendo una de las barreras más relevantes para la vida independiente y autónoma de las personas con discapacidad en España. Por ello, la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal constituye un avance de gran importancia.
«Una de cada cuatro personas con discapacidad ha tenido que cambiar de vivienda por problemas de accesibilidad; alrededor de 100.000 personas no pueden salir nunca de casa y 1,8 millones solo pueden hacerlo con ayuda de otra persona», denuncian desde COCEMFE.
Además de la falta de accesibilidad implícita, esta situación también genera limitaciones para las personas con discapacidad a la hora de acceder al empleo, la educación, la asistencia sanitaria o la participación social.
La Teleasistencia también pasa a ser un derecho
La reforma de las leyes de la Dependencia y la Discapacidad también contempla que la teleasistencia pasa a ser un derecho para los ciudadanos. En concreto, los profesionales de ‘Fidelitis’ indican que «la teleasistencia deja de depender de determinadas circunstancias y pasa a configurarse como un auténtico derecho subjetivo para las personas con dependencia reconocida».
El reconocimiento de la teleasistencia como un derecho subjetivo permitirá la utilización de nuevas tecnologías y establecer un seguimiento más personalizado sobre las personas que se encuentran en situación de dependencia.
Además, con esta reforma, la figura del asistente personal en España gana un mayor peso. Hasta el momento, las personas que ejercían como asistente personal solo podían actuar principalmente en el domicilio de la persona en cuestión.
Sin embargo, la nueva normativa establece que los asistentes personales también podrán prestar apoyo en diferentes actividades fuera de la vivienda de la persona que se encuentra en situación de dependencia. Hablamos de actividades cotidianas como acudir al médico, hacer la compra o realizar gestiones administrativas.




