Un albañil autónomo de 47 años con las dos muñecas rotas, recibirá 68.456 euros de la aseguradora porque su oficio «exigía el uso continuado de ambas manos»

Para un albañil, las manos son la herramienta de trabajo más importante. Por eso, cuando un autónomo de la construcción de 47 años se fracturó las dos muñecas en un accidente de circulación, el golpe no fue solo físico: el INSS le reconoció una incapacidad permanente total para su oficio.

Ahora, la justicia ha condenado a la aseguradora Línea Directa a indemnizarle con 68.456,66 euros. Su actividad, recoge Infobae, «exigía el uso continuado de ambas manos, fuerza, carga de peso y movimientos repetidos de las muñecas».

¿Qué lesiones sufrió el albañil?

El accidente ocurrió el 1 de marzo de 2021. El trabajador sufrió fracturas en ambas muñecas y una luxación escafosemilunar, una lesión de los huesos de la articulación, con mayor afectación en la muñeca derecha, la de su mano dominante.

Necesitó dos operaciones, rehabilitación y una larga recuperación. Aun así, el tribunal dio por acreditadas limitaciones persistentes de movilidad, pérdida parcial de fuerza y dolor residual. No es un caso raro: las fracturas en las extremidades superiores son una vía frecuente hacia la incapacidad, como ocurre con la fractura de húmero.

Cómo se reparte la indemnización de 68.456 euros

La sentencia, dictada el 1 de julio por la plaza 37 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Barcelona, estima parcialmente la demanda. Estas son las partidas principales:

  • 28.000 euros por perjuicio moral por pérdida de calidad de vida (el albañil pedía 45.000).
  • 12.099,24 euros por secuelas: siete puntos funcionales y tres estéticos por las cicatrices.
  • 9.307 euros por lucro cesante, calculados sobre los ingresos que declaró a Hacienda en 2020 y 2021.
  • Tres días de perjuicio grave por la hospitalización y 295 días de perjuicio moderado.

De la cantidad final deberán descontarse los importes ya abonados, y la aseguradora tendrá que pagar además los intereses de demora de la Ley de Contrato de Seguro.

¿Por qué no le dieron todo lo que pedía?

La magistrada consideró la limitación moderada y no grave. Se apoyó en estudios biomecánicos y en un informe de detectives aportado por la aseguradora, según el cual el hombre conservaba movilidad y parte de la fuerza, manipulaba objetos y había retomado parcialmente alguna actividad. Tampoco constaba dependencia de terceras personas.

En el lucro cesante, el juzgado rechazó calcularlo con los salarios del convenio de la construcción y tomó como referencia sus rendimientos netos como autónomo.

Pensión e indemnización: dos vías compatibles

El caso muestra que la pensión del INSS y la indemnización del seguro del vehículo responsable no se excluyen. Es habitual que, además de la prestación pública, se pueda cobrar una compensación adicional por incapacidad permanente, como ya ocurrió con una mujer que logró 73.500 euros del seguro. La sentencia todavía puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Barcelona.