Ana Alicia Padrón, abogada: «Tener una operación pendiente no significa que no se pueda reconocer una incapacidad permanente»

La abogada Ana Alicia Padrón ha querido realizar algunas aclaraciones en relación a los procesos de solicitud de una pensión de incapacidad permanente. Entre otras cosas, afirma que «tener una operación quirúrgica pendiente no significa automáticamente que no pueda estudiarse una incapacidad permanente».

Uno de los requisitos básicos para tener derecho a una pensión de incapacidad permanente en España es haber agotado todos los tratamientos médicos posibles sin haber experimentado una mejoría. Por ello, estar pendiente de una operación puede influir en el reconocimiento de la incapacidad laboral permanente.

Operación pendiente y solicitud de incapacidad permanente

Ana Alicia Padrón comenta que «una cirugía pendiente puede ser importante, porque quiere decir que puede existir una expectativa de mejoría. Es decir, que puede que todavía no se sepa cuál va a ser el resultado de esta operación».


Sin embargo, no todas las cirugías pendientes significan lo mismo. Es importante analizar cada caso de forma particular antes de iniciar un procedimiento de incapacidad permanente. En ciertas situaciones, que haya una operación pendiente puede evitar el reconocimiento de la pensión de incapacidad.

Por todo ello, esta abogada especialista en incapacidad permanente enumera una serie de aspectos que se deben tener en cuenta en caso de que exista una operación pendiente para solicitar la pensión de incapacidad:

  • Tratamientos pendientes.
  • Qué objetivo tiene la operación.
  • Cuáles son las posibilidades reales de mejoría tras la intervención.
  • Si las secuelas están o no estabilizadas.
  • Cómo afecta todo a la profesión habitual.
  • Qué dicen los especialistas médicos.

Ana Alicia Padrón indica que «en incapacidad permanente no convienen las respuestas automáticas». Además, explica a los trabajadores que «cada caso debe estudiarse de forma individual».

Requisitos para tener derecho a una pensión de incapacidad permanente

Una pensión de incapacidad permanente se reconoce a un trabajador cuando debido a una lesión o enfermedad presenta limitaciones para desarrollar con normalidad su profesión habitual o cualquier actividad laboral. En este sentido, una incapacidad permanente se puede reconocer por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o por la vía judicial.

Para tener derecho al reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en España es necesario cumplir con los requisitos que exponemos a continuación:

  1. Estar dado de alta en la Seguridad Social o estar en una situación asimilada de alta.
  2. No haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria.
  3. Cumplir un determinado requisito de cotización si la incapacidad deriva de enfermedad común. Dicho requisito varía en función del grado de incapacidad permanente que corresponda al trabajador.

Para tener derecho a una incapacidad permanente es obligatorio presentar ciertas secuelas y limitaciones que afecten al trabajador para desarrollar su profesión habitual o cualquier actividad laboral. Además, es necesario haber agotado todos los tratamientos médicos posibles sin haber experimentado una mejora.

Por ello, tal y como explica la abogada Ana Alicia Padrón, tener una intervención quirúrgica pendiente puede significar que el trabajador no se ha sometido a todos los tratamientos médicos posibles y que, después de dicha operación, puede producirse una posible mejoría de su estado de salud.