Hacienda no tocará la paga del cuidador: la nueva Ley de Dependencia deja exentas de IRPF tres prestaciones desde el 23 de octubre

La reforma de la Ley de Dependencia no solo cambia los plazos y los servicios a los que pueden acceder las personas en situación de dependencia. También tiene consecuencias en la declaración de la renta. La Ley 4/2026, de 1 de octubre, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), deja exentas del IRPF varias prestaciones económicas del sistema.

La medida se aplicará a partir de la entrada en vigor de la norma, el próximo 23 de octubre de 2026.

Las tres prestaciones exentas de IRPF

Según el texto de la reforma, quedan exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las siguientes prestaciones de dependencia:

  • La prestación económica para cuidados en el entorno familiar, la conocida como paga del cuidador.
  • La prestación económica de asistencia personal, que deja de limitarse a los ámbitos educativo y laboral.
  • La nueva prestación de cuidados y apoyos en viviendas, pensada para que la persona pueda vivir en su casa o en una vivienda compartida con apoyos.

Por qué es importante para las familias

Las cuantías de estas prestaciones son, en muchos casos, modestas. La paga por cuidados familiares se sitúa de media en torno a los 260 euros al mes, según los datos de la Asociación de Directoras y Gerentes en Servicios Sociales. Que Hacienda no grave estas ayudas garantiza que lleguen íntegras a las familias y evita sorpresas a la hora de presentar la declaración de la renta.

En el caso de la asistencia personal, la exención resulta especialmente relevante, ya que es una prestación que permite contratar a un profesional para apoyar la vida independiente de la persona con discapacidad o dependencia.

La excepción: la equivalencia de grado no vale para Hacienda

Conviene no confundir esta exención con otra de las novedades de la ley. La reforma establece que el grado I de dependencia equivale a un 33% de discapacidad y los grados II y III a un 65%, pero esta equivalencia no se aplica en el ámbito tributario.

Por tanto, para aplicar las reducciones y deducciones del IRPF por discapacidad, la persona seguirá necesitando un certificado de discapacidad expedido tras la valoración correspondiente.

Lo que no incluye la reforma

Las entidades del sector recuerdan que la ley no incorpora otras reivindicaciones fiscales, como un IVA superreducido del 4% para los productos de apoyo o las obras de accesibilidad, ni nuevas rebajas fiscales específicas por tener reconocida la dependencia.

Aun así, la exención de estas prestaciones es una buena noticia para las familias cuidadoras, que verán cómo el dinero destinado a los cuidados deja de tributar.