Le niegan la pensión no contributiva de jubilación por pasar 244 días fuera de España: «El pasaporte constituía una prueba fehaciente»

Una mujer nacida en Marruecos en 1943 y con residencia de larga duración en España se ha quedado sin la pensión no contributiva de jubilación. El motivo: pasó 244 días fuera de España en 2018. Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia en su sentencia 271/2026.

Para comprobar estas salidas, el tribunal se basó en los sellos de su pasaporte. Según la sentencia, «el pasaporte constituía una prueba fehaciente de las entradas y salidas del territorio español», tal y como recoge El Confidencial Digital.

Más de 90 días fuera de España

Esta mujer solicitó la pensión no contributiva de jubilación en mayo de 2019. Sin embargo, el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) se la denegó en septiembre de ese año.

Según los sellos de su pasaporte, salió de España en varias ocasiones entre noviembre de 2017 y septiembre de 2018. En total, pasó 244 días fuera del país en 2018, con dos salidas que superaban el máximo permitido.

La mujer acudió a los tribunales, pero tanto el Juzgado de lo Social número 6 de Murcia como el TSJ de Murcia han avalado la decisión de la Administración.

La regla de los 90 días

Para cobrar una pensión no contributiva de jubilación, es necesario haber residido legalmente en España durante diez años entre los 16 años y la edad de jubilación, de los cuales dos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.

En este sentido, el artículo 10.2 del Real Decreto 357/1991 establece que «la residencia continuada no se interrumpe cuando las ausencias son inferiores a 90 días durante cada año natural». Es decir, superar ese límite rompe la residencia continuada, salvo que la ausencia se deba a una enfermedad debidamente justificada.

Los convenios con Marruecos no se aplican

Cabe destacar que el tribunal recuerda que el convenio hispano-marroquí de Seguridad Social no se aplica a las prestaciones no contributivas. Además, el Acuerdo Euromediterráneo entre la Unión Europea y Marruecos garantiza la igualdad de trato, pero no elimina los requisitos que exige la normativa española.

La sentencia todavía puede recurrirse ante el Tribunal Supremo mediante un recurso de casación para la unificación de doctrina.

Con todo ello, este caso recuerda que quienes solicitan o cobran una pensión no contributiva deben vigilar el tiempo que pasan fuera de España, ya que superar los 90 días en un año natural puede costarles la pensión.