Un conductor, mayor de 55 años, logra la incapacidad total con el 55% de una base de 2.015,5 euros, pero el TSJ le niega la absoluta

El 3 de marzo de 2022, un conductor de camión de recogida de residuos de Ibiza volvía a casa en moto cuando otro vehículo chocó contra él en un cruce. Cuatro años después, aquel accidente ha terminado en los tribunales con una incapacidad permanente total, pero no con la absoluta que reclamaba.

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha rechazado elevar el grado porque, según los magistrados, el trabajador «conserva capacidad residual para desempeñar actividades sedentarias o de baja exigencia física», tal y como ha publicado La Voz de Ibiza.

Un accidente in itinere con secuelas graves

El choque le provocó un politraumatismo grave: traumatismo de bazo, fracturas múltiples de costillas, contusiones en ambos muslos y una lesión severa en el hombro derecho que obligó a operarle por artroscopia en mayo de 2022.

Como ocurrió en el trayecto entre el trabajo y su domicilio, el siniestro se calificó como accidente de trabajo in itinere. Una diferencia importante, porque no es lo mismo un accidente laboral que una enfermedad común a la hora de calcular la prestación y saber quién la paga: en este caso, la mutua Asepeyo.

Desde entonces, arrastra dolor cervical, dorsal y lumbar, hernias discales, cambios degenerativos en la columna y una neuropatía en ambas piernas que le provoca parestesias.

Declarado no apto y despedido

En abril de 2024, el servicio de prevención le declaró no apto para su puesto y, pocos días después, la empresa le despidió por ineptitud sobrevenida. Una situación que hoy tendría otro recorrido, ya que la ley ha puesto fin al despido automático por incapacidad permanente y obliga a estudiar la adaptación del puesto.

Mientras tanto, el INSS le denegó cualquier grado de incapacidad el 20 de marzo de 2024, al considerar que sus lesiones solo eran daños permanentes no invalidantes.

¿Cuánto cobrará el camionero de Ibiza?

El Tribunal de Instancia de Ibiza le dio parcialmente la razón en marzo de 2026 y le reconoció la incapacidad permanente total para su profesión habitual, con una pensión del 55% de una base reguladora de 2.015,5 euros mensuales, con efectos desde marzo de 2024.

Además, al haber superado los 55 años, la sentencia le reconoce un incremento del 20% desde diciembre de 2024: es la llamada total cualificada, que queda en suspenso mientras tenga ingresos por trabajo o cobre el paro.

¿Por qué no le conceden la incapacidad absoluta?

El trabajador recurrió para lograr la absoluta, alegando que también sufre un trastorno ansioso-depresivo que le impide reincorporarse al mercado laboral. La Sala no lo acepta: da valor prevalente al informe del médico forense, que solo acredita limitaciones físicas, y considera que no se ha demostrado que la afectación psíquica tenga entidad suficiente.

Para quienes se encuentren en una situación similar tras un siniestro vial, conviene saber cuándo se puede pedir una incapacidad permanente por un accidente de tráfico y documentar desde el inicio tanto las secuelas físicas como las psicológicas.