Una pensión de incapacidad permanente, a priori, tiene carácter vitalicio. Sin embargo, existen determinadas circunstancias por las que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) puede revisar la incapacidad laboral permanente. Uno de los escenarios que pueden darse tras una revisión es la retirada del derecho a cobrar la pensión de incapacidad.
Una revisión del grado de incapacidad permanente puede producirse por empeoramiento o mejora del estado de salud del trabajador. En cualquier caso, es fundamental que la persona beneficiaria acuda a la citación del INSS, ya que de lo contrario el INSS puede retirar el derecho a cobrar la pensión.
Hasta cuándo puede revisar la incapacidad permanente el INSS
Las revisiones de incapacidad permanente no siguen un patrón determinado. Es decir, no existe una fecha específica para que el INSS realice una revisión periódica o un motivo concreto para ello.
Desde ‘Fidelitis’, abogados especialistas en incapacidad permanente, explican que «con carácter general, la propia resolución que reconoce la incapacidad permanente indica una fecha de posible revisión. En muchos casos suele fijarse un plazo de uno o dos años, aunque dependerá de las circunstancias médicas de cada expediente».
Cada caso es diferente, por lo que no se puede afirmar un periodo específico para la revisión de una incapacidad permanente. En algunos casos, un trabajador no recibe nunca una revisión desde el momento en el que se le reconoció la incapacidad permanente; mientras que otros trabajadores afrontan varias revisiones por parte del INSS.
Eso sí, una vez que el ciudadano alcanza la edad ordinaria de jubilación, el INSS ya no puede revisar la pensión de incapacidad permanente. Así lo establece la normativa de la Seguridad Social.
«Una vez llegada esa edad y transformada la pensión de incapacidad permanente en pensión de jubilación, el régimen de revisiones cambia y, como regla general, ya no procede revisar el grado de incapacidad por estas causas», aclaran desde ‘Fidelitis’.
Cómo afrontar una revisión del INSS
Tras una revisión de incapacidad permanente pueden darse varios escenarios: mantener la pensión, aumento del grado de incapacidad, reducción del grado de incapacidad o retirada del derecho a cualquier grado de incapacidad permanente.
En cualquier caso, desde ‘Fidelitis’ ofrecen una serie de recomendaciones para los ciudadanos en caso de recibir una citación por parte del INSS para revisar la incapacidad permanente:
- Acudir a la cita médica.
- Conservar toda la documentación clínica.
- Contar con informes médicos actualizados y recientes.
- Solicitar asesoramiento en caso de dudas sobre el procedimiento.
- Explicar de manera clara que las limitaciones persisten.
Puede darse el caso de que el trabajador no se muestre conforme con la resolución adoptada por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social en una revisión. Ante esta situación, es posible reclamar mediante los procedimientos administrativos y judiciales pertinentes.
Como conclusión, los profesionales de ‘Fidelitis’ señalan que «el INSS puede revisar una incapacidad permanente más de una vez, ya que la ley no establece un número máximo de revisiones. Sin embargo, estas revisiones solo pueden realizarse cuando exista una causa legal que las justifique».




