El Gobierno de España establece cada año unas cuantías garantizadas a cobrar por el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Estas cuantías dependen del número de miembros que figuren en la misma unidad de convivencia.
Además, es posible sumar un complemento adicional a estas cuantías en determinados casos: por ejemplo, en unidades familiares monoparentales o cuando algún miembro de la unidad familiar tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.
También existe el Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI), dirigido a personas beneficiarias del IMV que conviven con menores de edad.
Así ha subido el Ingreso Mínimo Vital en 2026
En 2026, las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital han subido un 11,4% respecto a 2025. Con esta subida, la cuantía garantizada para un beneficiario individual pasa a ser de 733,6 euros al mes (8.803,20 euros al año), frente a los 658,81 euros mensuales de 2025. Esta subida también se aplica, de forma paralela, a las pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad.
Como recoge la normativa de la Seguridad Social, para la unidad de convivencia la cuantía anterior se incrementa un 30% por cada miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220%.
El complemento por discapacidad en 2026
Si el beneficiario del IMV o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, es posible cobrar un complemento económico por discapacidad. Este complemento sigue siendo equivalente al 22% de la cuantía para un beneficiario individual, lo que en 2026 supone 161,39 euros al mes adicionales.
Con la subida general del 11,4%, el complemento por discapacidad también crece. Así queda la cuantía del IMV en 2026 sumando este complemento, según el tamaño de la unidad de convivencia:
- Beneficiario individual con discapacidad: 894,99 euros al mes.
- Unidad de convivencia de dos personas: 1.115,07 euros al mes.
- Unidad de convivencia de tres personas: 1.335,15 euros al mes.
- Unidad de convivencia de cuatro personas: 1.555,23 euros al mes.
- Unidad de convivencia de cinco personas o más: 1.775,31 euros al mes.
El complemento por monoparentalidad se mantiene también equivalente al 22% de la cuantía para un beneficiario individual, y sigue siendo compatible con el complemento por discapacidad del IMV.
Además, el Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI) se abona por cada menor de la unidad de convivencia según su edad a 1 de enero:
- Menores de 3 años: 115 euros al mes.
- De 3 a menos de 6 años: 80,50 euros al mes.
- De 6 a menos de 18 años: 57,50 euros al mes.
En cuanto al patrimonio, no se considera en situación de vulnerabilidad económica a quien posea un patrimonio neto (sin contar la vivienda habitual) igual o superior a tres veces la renta garantizada individual, es decir, 26.409,60 euros en 2026.
Otra ayuda que pueden cobrar las personas con discapacidad
Las personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 65% también pueden solicitar la pensión no contributiva por incapacidad, cuya gestión recae en el IMSERSO. Para ello es necesario:
- Tener entre 18 y 65 años.
- Residir en España y haberlo hecho durante cinco años como mínimo, dos de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Tener ingresos inferiores, como persona individual, a 8.803,20 euros al año (el límite se ha actualizado junto con la cuantía de la propia pensión).
La cuantía de la pensión no contributiva de incapacidad en 2026 es de 8.803,20 euros al año, un 11,4% más que en 2025. Se abona en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias (equivalente a 14 pagas), lo que supone unos 628,80 euros al mes.
Si la persona beneficiaria tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 75% y necesita la ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria, puede percibir el complemento por necesidad de otra persona, con una cuantía equivalente al 50% del importe anual. En 2026 este complemento asciende a 4.401,60 euros al año, elevando el total a 13.204,80 euros al año (943,20 euros al mes).




