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¿Puedo viajar con el IMSERSO en 2026 si no soy pensionista? Estas son las personas que pueden viajar

Francisco Zuasti
Francisco Zuasti 18/07/2026 00:21
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Si hablamos de los viajes del Programa de Turismo del IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, automáticamente pensamos en personas mayores, que son el principal público objetivo, ya que busca ofrecer un envejecimiento activo con viajes a precio reducido. Pero no hace falta ser pensionista o persona mayor para disfrutar de estos viajes, como vamos a explicar en este artículo.

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El IMSERSO informa que su Programa de Turismo tiene como objetivo fomentar la autonomía de las personas mayores, facilitando actividades culturales y recreativas que mejoren su salud y calidad de vida y ayuden a prevenir la dependencia y la soledad no deseada. Además, el programa contribuye a potenciar el desarrollo económico del sector turístico, reduciendo la estacionalidad y manteniendo el empleo durante la temporada baja.

Para hacerse una idea de las dimensiones del programa: nació en 1985 con 16.000 plazas y para la temporada 2025-2026 el Imserso ofrece 879.213 plazas, repartidas entre turismo de costa peninsular, costa insular, turismo de interior y otras modalidades.

Requisitos para viajar con el IMSERSO en la temporada 2026-2027

El plazo de solicitudes para la nueva temporada ya terminó: el plazo de presentación de solicitudes para el Programa de Turismo para la temporada 2026/2027 abarcó desde el lunes 22 de junio de 2026 y finalizó el viernes 10 de julio de 2026, según recoge el propio IMSERSO en su web.

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Según la normativa vigente (Orden SCB/926/2018 y la Resolución de 4 de junio de 2026 que convoca las plazas para esta temporada), podrán participar en el Programa de Turismo del IMSERSO las personas residentes en España que reúnan alguno de estos requisitos:

  • Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista de viudedad con 55 o más años de edad.
  • Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español, o perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo, con 60 o más años de edad.
  • Ser asegurado o beneficiario del sistema de la Seguridad Social, con 65 o más años de edad.

A estos supuestos se suman también, según la propia web del IMSERSO:

  • Los españoles residentes en el extranjero, siempre que cumplan alguno de los requisitos anteriores.
  • Los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países en los que emigraron.

Viajar con el IMSERSO sin ser pensionista ni jubilado

Como se puede ver en el listado, no es imprescindible ser pensionista o jubilado para viajar con el IMSERSO. Por ejemplo, percibiendo una prestación o subsidio por desempleo con 60 años o más se puede acceder al programa, igual que siendo simplemente asegurado de la Seguridad Social con 65 años o más, sin necesidad de cobrar ninguna pensión.

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Además, no es necesario cumplir ningún requisito propio para viajar con el IMSERSO si se va como acompañante del usuario titular: el cónyuge, la pareja de hecho o la persona con quien se mantenga una unión estable y de convivencia puede viajar con los descuentos del programa sin necesidad de ser pensionista ni jubilado.

También pueden viajar, sin necesidad de ser jubilados, los hijos con discapacidad en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación, o bien abonen el suplemento establecido para habitación individual, sujeto a disponibilidad de plazas.

Eso sí, la normativa recuerda un aspecto clave: las personas usuarias de las plazas y sus acompañantes (excepto los hijos con discapacidad) deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria durante el viaje.