Ana es una ciudadana española que trabaja como comercial de ventas. Su trabajo le exigía pasar gran parte del día desplazándose, visitando clientes y conduciendo. Poco a poco empezó a sentir dolor y a acumular diagnósticos: fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, ansiedad, problemas cervicales, depresión y dolor en distintas articulaciones. Aunque siguió trabajando mientras podía, llegó un momento en el que ya no pudo más, y su médico de cabecera le dio la baja médica, que se prolongó durante 18 meses.
El alta que no encajaba con su situación
Una vez agotado el periodo de baja, Ana esperaba que el INSS le reconociera la incapacidad permanente. Ocurrió justo lo contrario: la Seguridad Social le dio el alta médica y la obligó a volver a su puesto de trabajo, al considerar que su cuadro clínico y las limitaciones que le generaba no eran suficientes para acceder a esa prestación.
Ana no podía entender cómo se le exigía volver a un trabajo que su cuerpo ya no podía sostener. Decidió entonces buscar ayuda especializada y contactó con el despacho de la abogada Marina Aláminos. Tras analizar el caso, Aláminos concluyó que «aquella situación no era compatible con ningún trabajo». Con ese planteamiento, presentaron una Reclamación Previa ante el INSS para tratar de demostrar que las limitaciones de Ana le impedían desarrollar cualquier actividad laboral. La Seguridad Social, de nuevo, rechazó la reclamación por la vía administrativa.
De los tribunales a la pensión del 100%
Ante la doble negativa del INSS, Marina Aláminos decidió llevar el caso a la vía judicial. «Aportamos informes médicos de especialistas y también un informe pericial. No era una enfermedad ni dos. Era un conjunto de patologías que afectaban a cada aspecto de su vida», explica la abogada sobre la estrategia seguida en el procedimiento.
La sentencia del Juzgado de lo Social fue clara y reconoció a Ana el derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente absoluta, con una cuantía equivalente al 100% de su base reguladora, en contra de lo que había determinado la Seguridad Social. «El juez vio algo que el INSS no había querido reconocer, que Ana no podía desarrollar ningún trabajo de forma eficaz, estable y digna», resume Aláminos.
Qué hacer si el INSS deniega la incapacidad permanente
El caso de Ana, recogido inicialmente por Tododisca, no es aislado. Cada año miles de personas reciben una resolución negativa del INSS pese a presentar dolencias que, a juicio de sus médicos, les impiden trabajar con normalidad. Ante una denegación, el procedimiento habitual pasa por presentar una Reclamación
Previa ante el INSS en el plazo indicado en la propia resolución, y si esta también es desestimada, acudir a la vía judicial mediante una demanda ante el Juzgado de lo Social. Contar con informes médicos detallados, incluidos los periciales, es, según reflejan casos como este, uno de los elementos que más peso tiene a la hora de que un juez revise lo que la Seguridad Social no ha reconocido en primera instancia.




